Doctorado en Biotecnología
Canal de difusión
La información dirigida a potenciales estudiantes a programas de doctorado está disponible a través de la página web de la Escuela de Doctorado de la UPV:
https://www.upv.es/entidades/edoctorado/
Toda la información publicada se encuentra en trilingüe (castellano, valenciano e inglés).
A destacar los siguientes puntos de interés para los nuevos solicitantes:
- Información sobre el proceso de preinscripción y sus plazos: https://www.upv.es/entidades/edoctorado/presenta-tu-solicitud-2025/
- La información de los diferentes programas de doctorado ofertados: https://www.upv.es/entidades/edoctorado/todos-los-programas-de-doctorado-ofertados-en-upv/
- Los consejos para nuevos estudiantes: https://www.upv.es/entidades/edoctorado/consejos-para-nuevos-estudiantes/
Por otro lado, el proceso de preinscripción para los estudios de doctorado se apoya en el sistema general de preinscripción de la Universitat Politècnica de València (UPV). De esta forma se ofrece a la persona candidata una plataforma on-line que facilita su acceso con independencia de su localización.
La aplicación incluye la gestión de plazas, lo que garantiza que no se superen el número de admisiones definido por el programa.
La admisión de cada candidato o candidata requiere un doble visto bueno: el visto bueno de la Escuela de Doctorado que garantiza el cumplimento de los requisitos mínimos marcados en el RD 99 /2011 y el visto bueno de la comisión académica del programa de doctorado (CAPD) que garantiza los requisitos marcados en la memoria de verificación, de acuerdo con los criterios establecidos y el valor alcanzado del índice de valoración (IV) para cada una de las personas candidatas.
Perfiles de acceso
El perfil de ingreso recomendado se corresponde a candidatos con titulación de grado más máster universitario (o combinaciones equivalentes de sistemas de educación no españoles o de planes de estudio anteriores a Bolonia).
La titulación de grado deberá ser del ámbito de la Biotecnología y de las Ciencias Experimentales, de la Vida y de la Salud, o ingenierías con orientación biológica, biomédica o agroalimentaria.
En particular, se consideran idóneas las titulaciones en Biotecnología, Biología, Bioquímica, Farmacia, Medicina, Veterinaria, Ciencias del Mar, Ciencias Ambientales, Química, Física, Matemáticas, Ciencia y Tecnología de los Alimentos y Enología, así como Ingeniería Agronómica, Ingeniería de Montes, Ingeniería Biomédica y otras ingenierías afines.
La titulación de máster universitario será de orientación investigadora en áreas directamente vinculadas con la Bio-tecnología, tales como Biotecnología Molecular y Celular, Biotecnología Biomédica, Biotecnología Agroalimentaria, Mejora Genética Vegetal, Microbiología, Genómica, Bioinformática, Ciencias Biomédicas u otros másteres afines que aporten formación avanzada en técnicas experimentales, análisis de datos y fundamentos científicos en el ámbito biotecnológico.
En relación con los conocimientos previos, se recomienda una formación sólida en Bioquímica, Biología Molecular y Celular, Genética, Microbiología y Fisiología, como bases científicas esenciales de la Biotecnología, así como familiaridad con metodologías experimentales propias del trabajo en laboratorio y con el análisis e interpretación de datos científicos.
El perfil descrito no requiere la asignación de complementos formativos, al considerarse que la formación previa indicada proporciona la base académica adecuada para el desarrollo de las actividades formativas e investigadoras del programa.
Además del perfil de ingreso recomendado con titulaciones afines y formación de posgrado coherente con los objetivos del programa, podrán admitirse otros perfiles de ingreso cuando la formación de posgrado acreditada no esté incluida entre las titulaciones y ámbitos de formación afines descritos anteriormente.
En estos casos, la Comisión Académica del Programa valorará el expediente académico, la formación complementaria y la experiencia del solicitante, e incluirá la exigencia de complementos de formación cuando lo considere necesario para asegurar que el doctorando o doctoranda cuenta con la base formativa adecuada para desarrollar con éxito las actividades del programa.os al programa presenta las características idóneas como complementos de formación, si ésta fuera necesaria.
Requisitos de acceso y criterios de admisión
Requisitos de acceso
Los requisitos de acceso son los que figuran en el art. 6 del Real Decreto 99/2011 de 28 de enero y su modificación por Real Decreto 576/2023, del 4 de julio: 1. Con carácter general, para el acceso a un programa oficial de doctorado será necesario estar en posesión de los títulos oficiales españoles de Grado, o equivalente, y de Máster universitario, o equivalente, siempre que se hayan superado, al menos, 300 créditos ECTS en el conjunto de estas dos enseñanzas.
Asimismo, podrán acceder quienes se encuentren en alguno de los siguientes supuestos:
a) Estar en posesión de títulos universitarios oficiales españoles o títulos españoles equivalentes siempre que se hayan superado, al menos, 300 créditos ECTS en el conjunto de estas enseñanzas y acreditar un nivel 3 del Marco Español de Cualificaciones para la Educación Superior.
b) Estar en posesión de un título obtenido conforme a sistemas educativos extranjeros pertenecientes al Espacio Europeo de Educación Superior (EEES), sin necesidad de su homologación, que acredite un nivel 7 del Marco Europeo de Cualificaciones siempre que dicho título faculte para el acceso a estudios de doctorado en el país de expedición del mismo. Esta admisión no implicará, en ningún caso, la homologación del título previo del que esté en posesión el interesado ni su reconocimiento a otros efectos que el del acceso a enseñanzas de doctorado.
c) Estar en posesión de un título obtenido conforme a sistemas educativos extranjeros ajenos al EEES, sin necesidad de su homologación, previa comprobación por la universidad de que éste acredita un nivel de formación equivalente a la del título oficial español de Máster universitario y que faculta en el país de expedición del título para el acceso a estudios de doctorado. Esta admisión no implicará, en ningún caso, la homologación del título previo del que esté en posesión el interesado ni su reconocimiento a otros efectos que el del acceso a enseñanzas de doctorado.
d) Estar en posesión de otro título de Doctora o Doctor.
e) Igualmente podrán acceder los titulados universitarios que, previa obtención de plaza en formación en la correspondiente prueba de acceso a plazas de formación sanitaria especializada, hayan superado con evaluación positiva al menos dos años de formación de un programa para la obtención del título oficial de alguna de las especialidades en Ciencias de la Salud.
Dado el carácter internacional de la investigación doctoral y la necesidad de acceder a bibliografía científica especializada, se recomienda que los candidatos dispongan de un nivel suficiente de comprensión y comunicación académica en inglés, equivalente al menos a un nivel B2 del Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas.
En el caso de estudiantes cuya lengua materna no sea el castellano, se valorará que dispongan de un nivel adecuado de comprensión del español y/o que se garantiza una comunicación fluida con la dirección de la tesis en un idioma común.
Criterios de admisión
Criterios de admisión: El proceso de admisión al Programa de Doctorado en Biotecnología se realiza mediante evaluación competitiva de las solicitudes por parte de la Comisión Académica del Programa, de acuerdo con los criterios objetivos y ponderaciones previamente establecidos. En cuanto a los criterios de admisión específicos del programa, para que una solicitud sea evaluada, cada aspirante deberá aportar obligatoriamente:
- Aval del profesorado que dirigirá la tesis.
- Propuesta de Plan de Investigación, los candidatos presentarán un plan inicial de Tesis según el modelo disponible en la web del programa que incluya antecedentes, objetivos y metodología y vaya firmado por el director o directora de tesis.
- Currículum vitae, acompañado de la acreditación documental de todos los méritos alegados, en un único documento PDF, conforme a las especificaciones publicadas.
Baremación de la candidatura
La valoración final se realizará sobre 10 puntos, aplicando la siguiente ponderación:
- Expediente académico de grado o titulación equivalente (40 %). Se valorará la nota media global en escala normalizada.
- Formación de posgrado o especialización sanitaria (45 %). Cada estudiante será evaluado únicamente por uno de los siguientes criterios:
- 2. a. Expediente académico de máster o formación equivalente (45 %), considerando la nota media global en escala normalizada
- 2. b. Formación sanitaria especializada en Ciencias de la Salud (45 %), valorándose los dos años superados en el programa oficial de especialización, requisito necesario para acceder por esta vía.
- Otros méritos (15 %), distribuidos del siguiente modo:
- Experiencia profesional: 1 punto por año (máximo 5 puntos).
- Publicaciones científicas y comunicaciones a congresos: 5 puntos por publicación científica y 2,5 por comunicación a congreso (máximo 5 puntos).
- Nivel de inglés acreditado superior a B2: C1 4 puntos y C2 5 puntos.
Justificación de méritos
Currículum vitae. Todos los méritos que el solicitante incluya en el currículum vitae deberán quedar acreditados, mediante la aportación de la documentación pertinente en un único documento PDF, siguiendo las instrucciones que se detallan a continuación:
- Artículos científicos: copia de la primera y última página del artículo
- Comunicaciones a congresos: Certificado del organismo competente que acredite la comunicación presentada, expresado en términos contrastables y verificables.
- Idiomas: copia del título
- Experiencia docente: Certificación expedida por la Secretaría General de la Universidad, por el Vicerrectorado competente u órgano central al que los Estatutos u otras normas propias de cada universidad encomienden esa función, en la que conste el número de horas o, en su caso, créditos de docencia impartida
- Experiencia profesional docente o investigadora:
- Empleados públicos: Hoja de servicios o certificado de servicios prestados.
- Trabajadores por cuenta ajena: Certificado de la vida laboral y copia de contrato/s de trabajo o certificado de la empresa, en que conste el régimen de dedicación, categoría, puestos desempeñados y duración.
Complementos formativos
Se exigirán complementos formativos cuando la titulación de posgrado acreditada no sea afín al Programa de Doctorado en Biotecnología. En estos casos, la Comisión Académica, de acuerdo con el director o directora de tesis, establecerá un refuerzo formativo en función del grado de afinidad: hasta 12 ECTS si el máster presenta al menos un 75 % de contenidos afines y hasta 20 ECTS si la afinidad alcanza al menos el 50 %, previa aprobación de la Comisión. En todos los casos, la exigencia de complementos formativos se determina de forma individualizada y se incorpora al proceso de admisión como condición para garantizar la adecuación de los conocimientos previos y la capacidad para abordar con éxito las actividades formativas e investigadoras del programa.
Tal y como refleja la normativa en vigor, estos complementos de formación específica deberán superarse en el periodo inicial de desarrollo de la tesis, en un plazo máximo de un curso académico. La comisión académica podrá asignar hasta un máximo de 20 ECTS de complementos formativos según las siguientes directrices: Se requerirán complementos formativos cuando la formación de posgrado que se acredite —máster, formación de máster o equivalente— no se encuentre entre los estudios de máster afines al Programa de Doctorado en Biotecnología. En estos casos, la Comisión académica, de acuerdo con el director o tutora de la tesis, propondrá al alumno un refuerzo en su formación según los siguientes criterios: estudiantes con un máster o formación equivalente no afín pero con al menos 75 % de materias afines al programa tendrán un complemento de formación de hasta 12 créditos ECTS y, si el máster no afín presenta al menos 50 % de materias afines, el complemento podrá alcanzar hasta 20 créditos ECTS, ambos a propuesta del director/tutor y con aprobación de la Comisión.