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Actividades formativas Específicas y Transversales

Según establece la normativa aplicable, la formación doctoral incluirá, además de la realización de la tesis doctoral, la realización por parte del doctorando de actividades formativas de carácter específico y transversal.

Cada actividad formativa tiene una valoración en horas equivalentes. El alumno de doctorado tendrá que obtener un mínimo de 600 horas equivalentes en el desarrollo de las diferentes actividades formativas para poder presentar la tesis, de las cuales al menos el 10 por ciento (60 horas) corresponderán a cursos de formación de carácter transversal.

La valoración en horas equivalentes de cada tipo de actividad, así como la valoración máxima reconocida, han sido fijadas por la Comisión Académica de este Programa de Doctorado para sus alumnos.

Enlaces de interés

Reconocimiento de actividades formativas

BloqueMin.Máx.Horas por actividad (máx.)
Transversales60120
EspecíficasPParticipación en congresos nacionales o internacionales0255Ponencia oral Int: 90h; Ponencia oral Nac: 60h; Póster Int: 45h; Póster Nac: 30h
Estancias de investigación en centros, universidades o empresas024060 horas por mes de estancia
Publicaciones en revistas científicas indexadas0450Revista D1: 175h; Q1: 165h; Q2: 150h; Q3: 125h; Q4: 100h
Publicaciones en libros completos o capítulos de libro con ISBN0180Editorial internacional: 100h; Editorial nacional: 60h
Publicaciones en revistas o actas de congresos no indexadas018060 horas por publicación
Creación de productos (patentes, modelos de utilidad, registros)060Patente o registro de propiedad intelectual: 60 horas
Cursos especializados, seminarios, tutoriales o escuelas de verano012010 horas equivalentes por cada 10 horas de curso
Tutela o cotutela de Trabajos Fin de Grado (TFG) o de Máster (TFM)010050 horas/n (donde n es el número de tutores del trabajo)
  1. Para la presentación de la tesis doctoral es requisito indispensable haber superado al menos 600 horas totales de actividades.
  2. De las horas totales, al menos el 10 por ciento (60 horas) deben corresponder obligatoriamente a cursos de formación transversal.
  3. En el caso de publicaciones en revistas con cinco o más autores, se aplicará una minoración en la asignación de horas según el modelo de la UPV, a menos que el doctorando sea primer autor o autor de correspondencia.
  4. Todas las actividades deben estar relacionadas con la temática de la tesis doctoral y contar con el informe previo de la dirección de la misma para su reconocimiento por la Comisión Académica.