Propiedad intelectual

Propiedad intelectual y derechos de autor

Los derechos de autor incluyen derechos morales, referidos al reconocimiento de la autoría, y derechos patrimoniales referidos a los derechos de explotación de las obras.

Si el autor cede los derechos de explotación en exclusiva a una editorial, pierde el control sobre la difusión y reutilización de su propio trabajo. Por eso al publicar con una editorial se recomienda negociar para mantener unos derechos mínimos que permitan la difusión en el repositorio institucional.

Si tienes dudas y necesitas más información

Derechos de autor

Las nuevas tecnologías de la información y la comunicación han dado lugar a nuevas formas de publicación y de difusión, gracias a la facilidad para reproducir y la rapidez de la comunicación de forma que el paradigma sobre el que se sostenía la propiedad intelectual y, con ella, los derechos de autor se ha visto superado por el nuevo contexto. La insuficiencia del concepto tradicional de derechos de autor y de los instrumentos de defensa de estos, han hecho necesario la creación de nuevas herramientas adaptadas al nuevo escenario que permitan la defensa de los derechos del autor.

¿Qué son los Derechos de autor?

Los derechos de autor son un conjunto de principios y normas que se concede al autor por el mero hecho de crear una obra, publicada o no. Estos derechos sobre la obra pueden ser morales o patrimoniales.

Morales

Los derechos morales incluyen el derecho al reconocimiento de la autoría y el derecho a la integridad de la obra. Son irrenunciables e intransferibles.

El plagio es la forma más habitual de violación de este derecho.

Patrimoniales o de explotación

Son transferibles, es decir, se pueden ceder a terceros, y tienen un período de vigencia temporal, generalmente calculado a partir de la muerte del autor, tras el cual pasan a ser obras de dominio público. Se suelen traducir en derechos económicos.

  • Reproducción: Implica la fijación directa o indirecta, provisional o permanente, por cualquier medio o en cualquier forma, de toda obra o parte de ella, si permite su comunicación o la obtención de copias. Por tanto, fotocopiar, imprimir, digitalizar, cambiar de soporte o descargar de internet, supondrán la reproducción de la obra o de la parte correspondiente.
  • Distribución: Supone la puesta a disposición del público del original o de las copias de la obra, en un soporte tangible, mediante su venta, alquiler, préstamo o de cualquier otra forma.Por tanto, la publicación en internet no implica distribución, al no existir ejemplares físicos.
  • Comunicación pública: Es todo acto por el cual una pluralidad de personas pueda tener acceso a la obra sin previa distribución de ejemplares a cada una de ellas. No es necesario que el usuario acceda a la obra, basta con que esté puesta a disposición del público.
  • Transformación: Comprende la traducción, adaptación y cualquier otra modificación en la forma de la obra de la que se derive una obra diferente.

Cesión de derechos: copyright y creative commons

Los derechos de explotación o patrimoniales son transferibles y se pueden ceder a terceros. Esta cesión puede hacerse a editores, de manera exclusiva o no, o a usuarios.

Cesión a editores

La cesión a editores implica la transferencia del copyright con la firma de un contrato o de una licencia, entre las partes que debe especificar las contrapartidas, tiempo de vigencia, territorio,…

Esta cesión se podrá realizar de manera exclusiva de manera que la transmisión de derechos tendrá una vigencia igual a la de los derechos patrimoniales (que varían según la legislación de propiedad intelectual vigente en cada país) y en la que el editor obtiene los derechos de explotación completos de esa obra.

Si la cesión es no exclusiva se habla de licencias en las que se establecen las condiciones de explotación de la obra entre el autor y el editor.

Cesión a lectores

La cesión a usuarios o lectores se realiza mediante las licencias de uso en las cuales el autor indica que derechos se reserva y cuales cede. Las más conocidas y utilizadas son las licencias Creative Commons, aunque existen otras y el autor siempre puede establecer la licencia en sus propios términos (indicando en todo caso que derechos se reserva, vigencia temporal y el ámbito geográfico si corresponde).

Una licencia es un instrumento legal (acuerdo/contrato) que expresa derechos de autor y que indica qué se puede y que no se puede hacer con una obra intelectual. El licenciamiento es potestad del autor de la obra.

Plagio y honestidad académica

Según la RAE plagiar es copiar en lo sustancial obras ajenas, dándolas como propias. Implica la apropiación de la autoría de una obra (o parte de ella, como un párrafo o una frase) al no indicar el origen ni citar la fuente original.

Supone una infracción al derecho de autor (derecho moral de autoría) y, más aún en nuestro entorno, es muy importante evitarlo y ser honestos académicamente.

El Open Access deja en evidencia el plagio ya que en Internet es mucho más sencillo detectarlo, sobre todo en la comunicación científica gracias, justamente, al carácter abierto de la difusión: cuantas más personas especializadas en un tema leen artículos sobre ese tema, más fácil será detectar el mal uso. En este aspecto podríamos decir que a mayor difusión, mayor protección.

Existen diferentes situaciones en las que se incurre en plagio como no señalar la autoría del autor presentando sus ideas como nuestras o comprar un trabajo a un tercero firmándolo como propio. Hay que destacar el auto-plagio en el cual el autor presenta como inéditas ideas o resultados que no son más que reciclaje de obras anteriores.

Podemos encontrarnos con que el autor no ha asimilado o no ha sabido resumir el texto de un tercero, o, simplemente, desconoce el uso de las citas o las referencias. En este caso se hablaría de plagio inconsciente. Tanto si es por desconocimiento o con plena conciencia del hecho hablaremos de plagio.

Para evitar el plagio o la deshonestidad académica hemos de referenciar correctamente, utilizando las comillas si se trata de una cita exacta e indicando siempre la fuente tanto en la cita como en el parafraseado.

También hay que evitar «inventarse» citas, es decir, citar a autores a los que no se ha leído o atribuir ideas o conclusiones a autores que en realidad no les corresponden.

Legislación y recursos

El plagio viene recogido tanto en la Ley de propiedad intelectual (art.2 i art.6 como en el Código Penal (art.270.1).

La Universitat Politècnica de València aborda el tema del plagio en el documento Política de integridad científica y buenas prácticas en investigación en la Universitat Politècnica de València identificándolo como una de las malas prácticas científicas totalmente inaceptables.

The office of Research Integrity del servicio de salud de los EE.UU. ofrece Avoiding plagiarism, self-plagiarism, and other questionable writing practices: A guide to ethical writing una guía muy completa de escritura científica ética y honestidad académica para evitar el plagio, el autoplagio y otras malas prácticas.

Para más información podéis consultar:


Evitar el plagio
Para evitar ser plagiados podemos incluir metadatos en textos e imágenes o marcas de agua en los documentos. También es conveniente incluir la cita del documento en el mismo lo que nos garantizará una citación correcta, al tiempo que impedirá que el texto quede “huérfano”, es decir, que le llegue al lector descontextualizado, a través de un buscador, por ejemplo, haciendo muy complicada una cita correcta.


Si somos nosotros los que recibimos un texto para su evaluación en Internet hay diferentes herramientas que permiten detectar el plagio. Nombramos las más conocidas (extraído en parte de Plagiarism detection tools compilation).

Comerciales:

Copy Scape
http://copyscape.com/
DOT Cop
http://www.doccop.com/
ephorus
https://www.ephorus.com/
Nimisis
http://es.nimisis.com/software/collusion.php
Plagiarism
http://www.plagiarism.com
Plagiarims-detector
http://www.plagiarism-detector.com/
PlagScan
http://plagscan.com/
Scanmyessay
http://www.scanmyessay.com/
Turnitin
http://www.turnitin.com
Urkund
http://www.urkund.com/int/en/

Gratuitos:

Chimpsky
http://chimpsky.uwaterloo.ca/
Copyscape
http://www.copyscape.com
JPlag
https://www.ipd.uni-karlsruhe.de/jplag/
Plagium
http://www.plagium.com/

Recomendaciones para autores y editores

Recomendaciones para editores

La política editorial debe ser clara, fácilmente localizable e identificable. Deberá comprobar que la información que aparece en Sherpa/Romeo es la correcta. El editor ha de tener muy claros cuáles son los conceptos fundamentales de la nueva publicación científica y las ventajas que puede encontrar en el Open Access.

Recomendaciones para autores

Una de las principales preocupaciones de los autores a la hora de auto-archivar sus publicaciones en un repositorio es la relativa a los derechos de autor y de si tienen permiso o no para poner en abierto sus artículos. Es muy importante que los autores mantengan sus derechos y que analicen muy bien el tipo de contrato o cesión de derechos que firman con la editorial, así como elegir bien la editorial. Os recomendamos los apartados Elegir donde publicar y Dónde no publicar.

Algunas recomendaciones para mantener los derechos de las obras serían:

  • Leer cuidadosamente los contratos/acuerdos antes de firmarlos.
  • Ponerse en contacto con el editor si se considera que el acuerdo es muy restrictivo para intentar negociar alguna excepción.
  • Modificar el acuerdo que se firma con la editorial. Hay instituciones que facilitan modelos de contratos para que los autores puedan establecer los derechos que quieren conservar sobre sus obras. Otra posibilidad es añadir una adenda al contrato, especificando qué derechos se quieren conservar. Hay herramientas de ayuda que facilitan a los autores modelos de contratos o de adendas como son:
  1. Modelos de adenda de entidades de financiación de proyectos de investigación.
    • El European Research Council (ERC) recomienda (marzo 2017) la utilización de un modelo de addenda, opcional y complementario, para los acuerdos de publicación (Copyright Transfer Agreement) con los editores con la finalidad de cumplir los períodos de embargo del programa Horizonte 2020 (basado en un documento similar para el 7PM). Este documento modelo puede ser adaptado para su utilización para el cumplimiento de otros mandatos institucionales.
  2. Otros modelos de adendas:
  3. Comprobar las políticas de copyright del editor y permisos de autoarchivo en acceso abierto:
    • Apoyar de forma activa aquellas revistas que tengan acuerdos de derechos más abiertos.
    • Los permisos de autoarchivo (en repositorios, etc.) que permiten las distintas editoriales pueden consultarse en las bases de datos Sherpa/RoMEO y Dulcinea (para revistas españolas) que especifican las políticas de copyright del editor y los permisos de autoarchivo en acceso abierto.
    • Aplicar licencias de uso abiertas, tipo Creative Commons, a nuestras publicaciones.

Derechos de autor en RiuNet

RiuNet ofrece a los autores un canal de difusión de sus obras respetando todos sus derechos de autor, tanto morales como de explotación.

Los derechos de autor pertenecen al autor de la obra por el mero hecho de su creación. Los derechos de contenido moral son irrenunciables e inalienables. Los de contenido económico, o derechos de explotación, pueden ser cedidos a terceros como ocurre con los trabajos publicados en los que el autor cede parte o la totalidad de sus derechos de explotación a la editorial.

En RiuNet se pueden depositar tanto obras inéditas como obras ya publicadas.

En el caso de las obras inéditas, el autor simplemente autoriza a la Universidad a difundir su documento a través del repositorio, mediante la firma de un contrato, pero conserva todos los derechos sobre su obra, con lo cual puede publicarla posteriormente en cualquier revista, editorial, etc. Existe la posibilidad de que alguna editorial sólo acepte trabajos no difundidos con anterioridad por este motivo es aconsejable conocer la política de las editoriales donde se prevé publicar. La política de la mayoría de editoriales internacionales puede ser consultada en la base de datos Sherpa/Romeo y la de las editoriales españolas en la base de datos Dulcinea.

En el momento de autoarchivar su documento, el autor puede decidir sobre el uso posterior que podrán hacer de su obra quienes la consulten por Internet mediante una licencia Creative Commons, o bien puede mantener la reserva de todos sus derechos.

En el caso de obras ya publicadas, antes de incluirlas en el repositorio el autor debe saber las condiciones en que ha cedido los derechos de explotación de su obra al editor. Aunque la mayoría de los editores permiten el archivo del pre-print (el borrador del texto a publicar antes de la revisión por pares) se recomienda consultar las citadas bases de datos Sherpa/Romeo y Dulcinea para conocer la política sobre derechos de autor de las editoriales españolas.

En caso de duda el autor debe ponerse en contacto con la editorial para conocer su política respecto al archivo en repositorios institucionales.

Si la obra que se pretende depositar tiene varios autores el procedimiento dependerá de si se trata de una obra en colaboración, resultado conjunto del trabajo de varios autores, en cuyo caso es necesario que todos ellos autoricen su difusión a través de RiuNet mediante la firma del contrato, o de una obra colectiva, creada bajo la iniciativa y coordinación de una sola persona, en cuyo caso es suficiente con que el autor principal autorice su difusión en el repositorio.

Modelos de contrato en RiuNet

Acuerdo marco de cesión de derechos de autor de obras digitales en RiuNet
Si es miembro de la UPV no es necesario que firme un contrato para cada depósito, al firmar este acuerdo marco es valido para cada depósito.

Contrato para el depósito de tesis doctorales.

Autorización para la difusión de trabajos académicos.

Para cualquier duda podéis poneros en contacto con nosotros en:

Biblioteca y Documentación Científica. Nuevas Tecnologías

riunet@bib.upv.es Teléfono 34 96 387 70 85 ext. 78854

FAQS relacionadas

Si publico en internet, ¿quién protege mis derechos?

Como autor puedes utilizar licencias Creative Commons (con las que indicas que derechos te reservas) o copyright (reservándote todos los derechos). Puede ver más información en el apartado de derechos de autor.

Pero ¿no estoy facilitando el plagio?

En Internet es mucho más sencillo detectar el plagio, sobre todo en la comunicación científica gracias, justamente, al carácter abierto de la difusión: cuantas más personas especializadas en un tema leen artículos sobre ese tema, más fácil será detectar el mal uso. En este aspecto podríamos decir que a mayor difusión mayor protección.

En el caso de RiuNet se deja muy clara la autoría de tus obras y los permisos que concedes. Precisamente el respaldo de la institución y la amplia difusión que conseguirán tus trabajos son una garantía de autoría que puedes invocar en cualquier momento.

Si he publicado el trabajo en una revista ¿puedo depositarlo en un repositorio?

Dependerá de que derechos cediste a la editorial en el contrato o licencia de edición y de cual sea la política de la editorial respecto al acceso abierto. Para saber lo que el editor te permite o no, si no dispones de una copia del contrato firmado, puedes consultar la base de datos de editores internacionales SHERPA-ROMEO o la base de datos de editores estatales DULCINEA.

Si tienes cualquier duda o consulta, ponte en contacto con La Biblioteca responde.

Si he depositado el artículo en un repositorio ¿puedo publicarlo en una revista? ¿Y en otro repositorio?

Si publicas en abierto mantienes todos los derechos sobre tu obra con lo que se puedes publicar en cualquier otro medio.

En el caso de RiuNet, el autor conserva todos sus derechos de autoría, de cita y de publicación en otros canales que no exijan exclusividad.

Para más información, consulta el apartado Depositar documentos en RiuNet o ponte en contacto con La Biblioteca responde.

¿Cuándo puedo utilizar material ajeno en mis propias obras?

Si el material está protegido por licencias Creative Commons deberemos ajustarnos a las restricciones de la licencia concedida.

Si está protegido por copyright se ha de atender a lo marcado por la Ley de Propiedad Intelectual en el artículo 32 respecto a las “citas y reseñas e ilustración con fines educativos o de investigación científica” que permite el uso de materiales ajenos en las siguientes condiciones:

  • Que la obra esté divulgada y se haya obtenido lícitamente
  • Que se utilicen a título de cita o para su análisis, comentario o juicio crítico y en exclusiva para la actividad docente o de investigación
  • Que se indique claramente el autor y fuente de la obra

¿Puedo subir a PoliformaT para compartir con mis alumnos un artículo, un capítulo de libro o similar, o bien una obra aislada de carácter plástico o fotográfico?

Sí puedes hacerlo si se dan las siguientes condiciones:

Si eres profesor UPV y no existe una finalidad comercial, en el ámbito de la formación reglada puedes subir a PoliformaT, sin tener que pedir permisos, una porción de una obra, sobre el 10% de la misma, equivalente a:

  • Un artículo de una revista.
  • Un capítulo de un libro.
  • Una obra aislada de carácter plástico o fotográfico.

Para ello han de cumplirse estas condiciones:

  • Que se trate de obras ya divulgadas.
  • Que hayas accedido a la obra original de manera lícita.
  • Que indiques la autoría de la obra original.
  • Que las subas a PoliformaT con una finalidad docente o de investigación.
  • Que sólo tengan acceso los alumnos, los profesores o los investigadores de la universidad.
  • Que la obra no se trate de:
    • Una partitura musical.
    • Una obra de un único uso como puede ser un cuaderno de ejercicio.
    • Una compilación de obras.

No obstante, te recomendamos que, siempre que sea posible y las obras estén en una web pública, en lugar de subir las obras a PoliformaT subas el enlace a las mismas. Tus alumnos podrán consultarlas siempre que la UPV tenga los recursos suscritos y se conecten dentro del rango institucional de IPs. Estos enlaces, al igual que las citas bibliográficas, no tienen restricción de uso.

Si necesitas subir a PoliformaT material no incluido en estas excepciones de la ley, por ejemplo:

  • Porque se dirija a alumnos fuera del ámbito de la formación reglada, como puede ser material para un MOOC.
  • Porque corresponda a una porción superior al 10%.
  • Porque se trate de cuadernos de ejercicios u otro material de un solo uso.
  • Porque se trate de compilaciones de imágenes.
  • porque las obras sean audiovisuales, por ejemplo, unos vídeos…

En todos estos casos, tendrás que dirigirte a CEDRO, VEGAP, o a quien ostente la titularidad de los derechos de explotación, para obtener permiso o una licencia puntual.