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Desplazamientos y estancias formativas del personal de investigación

El personal de investigación que presta servicios en la UPV tiene como centro de trabajo aquel en el que desarrolla las actividades propias del programa, línea o proyecto de investigación objeto de su contrato.

El personal de investigación vinculado a la UPV puede realizar desplazamientos por motivos de trabajo o estancias formativas, para la ampliación de la formación en materias directamente relacionadas con su actividad de investigación científica y técnica, desarrollo tecnológico, transferencia o difusión del conocimiento, por periodos limitados de tiempo a centros externos (nacionales o internacionales)

Si desea realizar un desplazamiento o estancia formativa tenga en cuenta las siguientes indicaciones:

DESPLAZAMIENTOS:

Normativa: Art. 40 ReglamentoReguladorGestionActividades.pdf (upv.es)

Art 40.6 Texto Refundido Ley Estatuto de los Trabajadores (TRLET)

Cuando el personal laboral de investigación tenga que desplazarse por motivos de trabajo a cargo de la actividad en la que está colaborando, y dicha circunstancia no se hubiese hecho constar en la convocatoria de selección o en el contrato, el desplazamiento deberá autorizarse previamente.

  • No será necesario este trámite para periodos inferiores a 5 días
  • Si la necesidad de la estancia de trabajo supera los dos meses continuados, de deberá tramitar y suscribir el correspondiente convenio entre la UPV y la entidad de destino
  • La solicitud de desplazamiento se realizará con una antelación mínima de 15 días al inicio del desplazamiento que se propone conforme al siguiente procedimiento:

Tramitación: Solicitud a través de la Sede Electrónica de la Universitat Politécnica de Valencia mediante solicitud genérica dirigida al Servicio de Gestión de Personal de Investigación (SGPI) puede hacerlo a través de este enlace: UPV

Documentación:

Solicitud cumplimentada, debiendo ir firmada por la persona responsable y persona interesada

Informe del responsable justificativo de la necesidad del desplazamiento. Indicando el periodo de estancia necesario para el desarrollo de las funciones, así como los costes de desplazamiento

Documento del organismo donde se deba realizar la estancia en el que consten las fechas

Autorización directora/a de departamento en caso de impartir docencia.

ESTANCIAS FORMATIVAS

Normativa: Art.17.6 Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación. (boe.es)

Art.41 ReglamentoReguladorGestionActividades.pdf (upv.es)

El personal de investigación interesado deberá solicitar autorización para la realización de la estancia,

La solicitud de estancia se realizará por la persona interesada con antelación mínima de 1 mes si se prevé en centros extranjeros y 15 días para centros nacionales conforme al siguiente procedimiento:

Tramitación: Solicitud a través de la Sede Electrónica de la Universitat Politécnica de Valencia mediante solicitud genérica (SOLGEN) dirigida al Servicio de Gestión de Personal de Investigación (SGPI) puede hacerlo a través de este enlace: UPV

Documentación:

  • Solicitud cumplimentada, debiendo ir firmada por la persona responsable y persona interesada
  • Carta aceptación centro de destino firmada por el responsable de la estancia que debe coincidir con las fechas de la solicitud.
  • Informe/memoria justificativa de la estancia firmada por el Investigador principal responsable de la línea o proyecto de investigación. Debe indicar las fechas de la estancia, centro de destino, relación detallada de las actividades a desarrollar y su justificación.
  • Indicación Ayuda movilidad/ justificación gastos. Resolución de la ayuda o solicitud. Indicar en el informe la fuente de financiación (comunidad autónoma, Universidad, centro de adscripción, otras entidades públicas o privadas), si la estancia no genera gastos indicarlo, asimismo
  • Autorización director/a del departamento en caso de impartir docencia


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