Prácticas en España
En caso de accidente: asistencia en la mutua de la empresa/institución que te ha dado de alta en la Tesorería General de la Seguridad Social.
Todas las prácticas REMUNERADAS y NO REMUNERADAS, con carácter general, deberán estar dadas de alta en la Tesorería General de la Seguridad Social por la empresa / institución de acogida [disposición adicional 52ª del Real Decreto-ley 2/2023 de 16 de marzo].
En caso de muerte o invalidez, la UPV subscribe adicionalmente una póliza. Revisar información en la póliza de seguro.
Enlaces de interés para alta en TGSS
La Tesorería General de la Seguridad Social, establece a través de sus boletines y página web, las instrucciones para el alta de las prácticas formativas, Remuneradas y NO Remuneradas.
- CRITERIO INTERPRETATIVO de la DGOSS (Dirección General de Ordenación de la Seguridad Social) en el que refunde su criterio y sus sucesivas ampliaciones sobre aplicación de la disposición adicional quincuagésima segunda del texto refundido de la ley general de la seguridad social 2_da_lgss. 4/03/2024
- Boletín – BNRed04-2024. ACLARACIÓN prácticas iniciadas antes del 1 de enero 2024. 21/03/2024
- Boletín – BNRed13-2023 COTIZACIÓN DE ALUMNOS EN PRACTICAS NO REMUNERADAS. 16/10/2023
- Boletín – BNRed 09-2023_INCLUSIÓN EN SIST. SS DE ALUMNOS QUE REALICEN P_FORMATIVAS. 06/07/2023
Prácticas en el extranjero
El estudiante es responsable de contratar una póliza de seguro para la realización de prácticas en el extranjero. Instrucciones contratación.
En caso de accidente, muerte o invalidez: Seguir el protocolo establecido en la póliza de seguro contratada por el estudiante para la realización de la práctica en el extranjero.
Prácticas en España con estancia corta en el extranjero
Para tramitar dicha póliza es imprescindible cumplimentar y enviar este formulario. En caso de accidente, muerte o invalidez: sigue el protocolo establecido en la póliza que te entregó la UPV para la realización de la estancia corta en el extranjero.