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Legalización de títulos extranjeros no homologados

PROCEDIMIENTO PARA LA LEGALIZACIÓN POR VÍA DIPLOMÁTICA

Para alumnos poseedores de titulaciones universitarias obtenidas en paises no pertenecientes a la Unión Europea
Para la legalización de documentos por vía diplomática, éstos deberán ser presentados en :
1. El Ministerio de Educación del país de origen para títulos y certificados de estudios, y en el ministerio correspondiente para certificados de nacimiento y nacionalidad.
2. El Ministerio de Asuntos Exteriores del país donde se expidieron dichos documentos.
3. La representación diplomática o consular de España en dicho país.
4. La Sección de Legalizaciones del Ministerio Español de Asuntos Exteriores (atención al público: C/ Padilla, 46, Madrid).

Si el país donde han sido cursados los estudios ha suscrito el Convenio de La Haya, no es necesario realizar la anterior legalización, siendo suficiente que las autoridades competentes del citado país extiendan la oportuna apostilla.

Los documentos expedidos por autoridades diplomáticas o consulares de otros países en España deben legalizarse en el Ministerio Español de Asuntos Exteriores.

No se exige la legalización de los documentos originales expedidos por las autoridades de los estados miembros de la Unión Europea signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Europeo de Educación Superior: Albania, Alemania, Andorra, Armenia, Austria, Azerbaiyán, Bélgica, Bosnia-Herzegovina, Bulgaria, Croacia, Chipre, República Checa, Dinamarca, Estonia, Eslovaquia, Eslovenia, España, Finlandia, Francia, Georgia, Grecia, Holanda, Hungría, Irlanda, Islandia, Italia, Letonia, Liechtenstein, Luxemburgo, Macedonia, Malta, Moldavia, Montenegro, Noruega, Polonia, Portugal, Reino Unido, Rumania, Rusia, Serbia, Suecia, Suiza, Turquía, Ucrania y Ciudad del Vaticano.

 

 

 

DIFERENCIA ENTRE LA HOMOLOGACIÓN Y LEGALIZACIÓN

La homologación de una titulación y la legalización de la misma son dos procedimientos distintos que tienen distintos efectos legales.

La legalización es el proceso por el cual las autoridades de tu país acreditan que el título es válido y ha sido expedido por la autoridad competente para hacerlo. En la mayor parte de países este proceso se identifica con la apostilla de la Haya.

La homologación es un proceso por el cual el Ministerio de Educación de España equipara tu titulación a la correspondiente española, a los efectos del desempeño de tu profesión en España. Este proceso únicamente se puede realizar en el Ministerio.

Quienes indiquen en el formulario de preinscripción que poseen la homologación del título deberán acreditarlo adjuntando la resolución de homologación del Ministerio de Educación de España. En caso de no hacerlo podrán ser excluidos del proceso de preinscripción.


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