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Bajas médicas

La comunicación de las bajas médicas de personal de la UPV acogidas al régimen general de la Seguridad Social se realizará de manera telemática

[ 30/03/2023 ]

Se avecinan cambios en la gestión de las bajas por incapacidad temporal para el personal de la UPV acogido al régimen general de la Seguridad Social. A partir del 1 de abril de 2023, la normativa cambia para facilitar el procedimiento, evitando así que la persona trabajadora sea la encargada de entregar el parte de baja a la empresa. A partir del mes de abril, la comunicación se realizará de manera telemática entre el Instituto Nacional de Seguridad Social (INSS) y la UPV.

El Real Decreto 1060/2022, por el que se regulan determinados aspectos de la gestión y control de los procesos por incapacidad temporal en los primeros 365 días de su duración, introduce cambios en el sistema de gestión y control de los procesos de incapacidad temporal (IT). Los dos grandes cambios que introduce la normativa son:

  • El facultativo que expide los partes médicos de IT únicamente entregará al trabajador una copia de estos, suprimiéndose la obligación del trabajador de recibir y presentar la copia que estaba destinada a la empresa.
  • El INSS comunicará, por vía telemática, a las empresas los datos identificativos de carácter meramente administrativo relativos a los partes de baja, confirmación y alta de los trabajadores emitidos por los facultativos del servicio público de salud.

La norma entrará en vigor el día 1 de abril de 2023 y se aplicará también a los procesos que se encuentren en curso si no han superado los 365 días de duración.

La UPV está adaptando sus procedimientos y aplicaciones informáticas, para que los datos relativos a los partes de baja, confirmación y alta comunicados por el INSS por vía telemática se registren automáticamente como ausencias en el portal del empleado y puedan ser consultados, tanto por el empleado afectado como por su responsable.

No obstante, las personas empleadas debemos seguir informando a nuestro responsable directo con inmediatez de la situación de baja, para que adopte las medidas oportunas.

Cabe recordar que esta medida no se aplica a aquellas personas adscritas al MUFACE, para quienes el procedimiento se seguirá realizando como hasta ahora.

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