
Propiedad Industrial
La Propiedad Industrial protege todas las creaciones que están relacionadas con la industria: patentes y modelos de utilidad, signos distintivos y diseños.
Una de las formas de protección más habitual de los resultados que se obtienen como fruto de la investigación en la Universidad es la patente.
Desde i2T realizamos un análisis de los resultados, se prepara la solicitud de registro y se coordina la defensa, extensión internacional y mantenimiento de los derechos a lo largo de la vida del expediente.

Cuestiones previas
¿Qué es la Propiedad Industrial?
La Propiedad Industrial se refiere a los derechos que se reconocen a los titulares de determinadas creaciones para impedir que terceros las fabriquen, distribuyan o exploten sin su consentimiento.
Esos derechos surgen a partir del registro en el organismo correspondiente y se otorgan tras superar el procedimiento establecido para ello.
La Propiedad Industrial protege todas las creaciones que están relacionadas con la industria: patentes y modelos de utilidad, signos distintivos, diseños y topografías de productos semiconductores.
La patente es una de las formas más habituales de protección de los resultados que se obtienen como fruto de la investigación en la Universidad.
¿Qué es una patente?
Una patente es un título de propiedad sobre una invención, de carácter temporal, concedido por un estado y con efecto en su territorio, que concede a su inventor o a su titular el derecho de impedir temporalmente a otros la fabricación, venta o utilización comercial de la invención.
Como contrapartida de ese derecho, en el documento de patente publicado, el titular de la patente pone a disposición del público la información técnica relativa a la invención.
Puede ser objeto de una patente: un procedimiento, un método de fabricación, una máquina, aparato o producto.
¿Por qué es importante proteger mi invención?
Una patente concede a su titular el derecho exclusivo de impedir a otros que utilicen comercialmente la invención patentada. Por tanto, poseer una patente aumenta notablemente la capacidad de tomar medidas legales con éxito contra quienes copien o imiten una invención protegida.
Como titular de la patente, la UPV no puede explotar comercialmente los resultados, pero puede ceder bajo licencia sus derechos sobre la invención a otros a cambio de sumas fijas y/o regalías. Estos retornos pretenden recuperar la inversión realizada en la I+D y en la protección. En el Reglamento de Protección y Transferencia de Derechos de Propiedad Intelectual e Industrial de la UPV se establece que a los inventores siempre se les confieren “derechos morales de autoría” y que los beneficios que se obtengan de la explotación del resultado se distribuirán según el siguiente reparto:
- 60 % Inventores (una parte puede asignarse a la Estructura de Investigación)
- 40 % UPV (reinversión sistema I+D)
La titularidad de patentes aumenta las posibilidades de obtener financiación externa, a través de convocatorias de ayudas públicas para acercar el producto al mercado, o a través de contratos con empresas para realizar una prueba de concepto sobre el resultado.
La solicitud de una patente no es incompatible con la publicación científica del resultado, pero es fundamental hacerlo en el orden correcto: primero patentar y después publicar.
¿Existen otras modalidades de protección que no sea mediante patente?
Otras modalidades de protección dentro de la propiedad industrial son:
Marcas
Signo distintivo compuesto de palabras y/o dibujos que sirven para distinguir en el mercado el origen empresarial del producto o servicio que identifica.
Diseño Industrial
Los títulos de protección de Topografías de Productos Semiconductores protegen el esquema de trazado de las distintas capas y elementos que componen el circuito integrado, su disposición tridimensional y sus interconexiones, lo que en definitiva constituye su topografía.
Topografías de Productos Semiconductores
Los títulos de protección de Topografías de Productos Semiconductores protegen el esquema de trazado de las distintas capas y elementos que componen el circuito integrado, su disposición tridimensional y sus interconexiones, lo que en definitiva constituye su «topografía».
Obtenciones Vegetales
La Propiedad Industrial también se extiende a Obtenciones Vegetales que se consiguen gracias a métodos de mejora tradicionales, como la selección o la hibridación, siempre y cuando cumplan los requisitos de novedad, distinción, homogeneidad y estabilidad.
En la UPV la actividad de investigación en esta área es cada vez más significativa. En caso de obtener una Obtención Vegetal de interés para la industria no dudes en ponerte en contacto con i2T.
¿Cumplirá mi invención los requisitos que se exigen para ser patentable?
Según la Ley de Patentes los requisitos para proteger una invención son básicamente:
- Novedad: la invención no está comprendida en el Estado de la Técnica.
- Actividad Inventiva: la invención no resulta del Estado de la Técnica de manera evidente para un “experto en la materia”. Esto excluye aquellas evoluciones o aplicaciones del conocimiento a las que un licenciado, arquitecto o ingeniero en la materia pudiera llegar sin hacer más I+D.
- Aplicación Industrial: la invención debe poder ser utilizada o fabricada en cualquier rama de la industria, incluida la agrícola o el comercio.
- Suficiencia de la descripción: La patente debe contener información suficiente para su puesta en práctica o ejecución.
El Estado de la Técnica se refiere al conjunto de conocimientos que se han hecho públicos antes de la fecha de presentación de una solicitud de patente.
Dar de alta una invención
¿Cómo iniciar el proceso de protección en la UPV?
El proceso de protección en la UPV se inicia a partir de una comunicación de resultado que completan los investigadores. En la Intranet de la UPV, en el apartado de Investigación, hay un enlace al formulario de comunicación de resultado.
En dicho formulario se solicita información sobre quiénes son los inventores, aspectos novedosos, aplicaciones, etc. También se pide una descripción técnica completa del resultado y un documento donde se indiquen los resultados más relevantes localizados en búsquedas en bases de datos de artículos y de patentes.
Después de rellenar el formulario, la persona identificada como gestor recibe un correo electrónico con un archivo adjunto que incluye la información introducida en el formulario.
Para completar el proceso es necesaria la firma de dicho documento y darle registro de entrada.
A continuación puedes consultar el documento de Ayuda para comunicar un resultado tipo Invención (Patentes, Know-How y Variedades Vegetales).
Este documento incluye también un guion para realizar una descripción completa del resultado.
Para más información sobre la Búsqueda de anterioridades puedes consultar las preguntas frecuentes que tratan sobre ello.
¿Quiénes deben figurar como inventores en la patente?
La autoría en Propiedad Industrial es un asunto de especial relevancia puesto que puede llevar incluso a la anulación de una patente. Por tanto, a la hora de determinar quiénes deben figurar como inventores de la patente es recomendable plantearse qué investigadores han contribuido inventivamente a la obtención del resultado, más allá del planteamiento del problema técnico a resolver y la supervisión del trabajo realizado por otros.
Así pues, el inventor, es la persona que aporta intelectualmente al desarrollo o creación del invento.
¿Qué pasa si hay personal externo a la UPV que ha participado en la obtención de la invención?
En el caso de participación de investigadores externos a nuestra universidad (invitados, proyectos en colaboración, etc.) que hayan participado en el desarrollo y que pertenezcan a otras entidades, se revisará si los derechos de explotación pertenecen a sus respectivas entidades y en ese caso éstas serán cotitulares de la patente. En el caso de estancias de profesores invitados, en algunas ocasiones, en las propias condiciones de la estancia se regula el tratamiento que se vaya a hacer de los posibles resultados en colaboración.
Por otra parte, el personal en formación (alumnos, becas no laborales) no es personal asalariado, y por tanto los derechos de explotación (patrimoniales) de aquello que hayan desarrollado, les pertenecen. Una buena práctica es que realicen una cesión de sus derechos (sólo los patrimoniales, recordemos que los morales son irrenunciables) a la entidad donde han realizado su formación a cambio de tener el mismo tratamiento que el personal propio de la misma en caso de beneficios derivados de la explotación del resultado. Puedes acceder al modelo de cesión de derechos de la UPV pinchando aquí.
¿A quién corresponde la titularidad de una patente?
Corresponde a la UPV la titularidad de los resultados generados por su personal como consecuencia de su actividad investigadora.
No obstante, para determinar a quién corresponde la titularidad de un resultado se han de tener en cuenta, entre otros factores, los siguientes:
- Vinculación laboral de los inventores
- Participación de otras entidades
- Financiación del resultado
- Uso de derechos de terceros
En i2T se analiza cada resultado y se elaboran y negocian los acuerdos necesarios para poder gestionar los derechos de Propiedad Industrial correspondientes.
¿Cómo hacer una búsqueda de novedad y qué bases de datos puedo consultar para hacer una búsqueda de novedad?
¿Es obligatorio realizar una búsqueda antes de presentar una solicitud de Patente?
El objetivo de una búsqueda es encontrar el estado de la técnica relevante, con el propósito de determinar si la invención es nueva y posee actividad inventiva.
No es obligatorio realizar una búsqueda antes de presentar una solicitud de Patente, aunque es muy conveniente:
- Para evitar emplear esfuerzo y dinero en algo que ya está patentado
- Para conocer el Estado de la Técnica
- O como orientación sobre cómo se han redactado otras solicitudes de temas relacionados
Antes de comenzar la búsqueda hay que considerar la descripción de la invención, de forma que se identifique claramente el problema técnico que resuelve, la solución al mismo, las características que son esenciales para resolverlo, el resultado y el efecto obtenido.
La búsqueda previa de anterioridades no es una garantía de novedad absoluta. Pueden existir invenciones que no aparecen en las bases de datos en el momento de la búsqueda, por ejemplo si la solicitud es muy reciente, existe un período de secreto en el que no puede ser consultada. Y siempre hay que contar con la subjetividad de toda estrategia de búsqueda, por lo que no se puede asegurar la recuperación del 100% de documentos sobre un tema.
¿Cómo hacer una búsqueda de novedad?
La recuperación de documentos relevantes normalmente requiere de la utilización combinada de símbolos de clasificación y de palabras clave, bien en la misma búsqueda o en búsquedas complementarias, en función de las características de las bases de datos empleadas.
Como símbolos de clasificación, los de uso más extendido son los correspondientes a la Clasificación Internacional de Patentes (CIP).
En lo que se refiere a la utilización de palabras clave en una estrategia de búsqueda se debe tener especial cuidado en la selección de los términos, ya que la utilización de palabras exactas puede conducir a resultados nulos en la búsqueda. La utilización de palabras clave requiere tener en consideración posibles variantes en la terminología, tales como sinónimos y expresiones sinónimas, distinta ortografía en inglés británico o estadounidense y la utilización de truncamientos para abarcar el mayor número posible de formas derivadas del término. En ocasiones es también necesario contemplar el uso de expresiones equivalentes y de antónimos.
¿Qué bases de datos puedo consultar para hacer una búsqueda de novedad?
Las bases de datos recomendadas son:
- Web of science | Ir a la web ↗
- Espacenet – Búsqueda Avanzada – Opción Worldwide | Ir a la web ↗
- Google Patents – Patentes de EEUU | Ir a la web ↗
Después de la solicitud
Una vez evaluada la invención por i2T ¿Cuáles son los siguientes pasos?
Una vez se decide que se va a solicitar la patente, desde i2T se contacta con agentes de la Propiedad Industrial para empezar los trabajos de redacción. El agente revisa toda la documentación generada en torno al resultado (primera descripción, búsqueda de anterioridades realizada por los inventores, informe de patentabilidad, observaciones de los inventores al informe…) y trabaja en un borrador de la patente. Los inventores estarán en contacto con el redactor para resolver dudas técnicas y para revisión de borradores. Cuando el último borrador tiene el visto bueno por parte de inventores e i2T, se deposita la patente en la Oficina de Patentes.
¿Cómo puedo ver en qué estado está mi solicitud?
“Explora IPR” es una aplicación que puedes encontrar en tu intranet, en el apartado de investigación, y en la cual puedes consultar el expediente tanto de las patentes de las que eres inventor, como de las que algún miembro de tu Estructura de Investigación es el interlocutor científico, en el caso de que seas Director de una Estructura de Investigación.
El buscador público “Explora I+D+i UPV” muestra, de las patentes, solamente un abstract comercial y un acceso a la base de datos externa ESPACENET, donde puede descargarse el texto.
Con “Explora IPR” puedes consultar, de forma privada, la situación de solicitud/concesión/abandono de las mismas, tanto a nivel español como internacional.
¿Cuándo y qué puedo publicar?
Mientras se estudia y prepara la solicitud de una patente no se debe publicar el resultado. Es importante evitar artículos, abstracts online, comunicados de prensa, presentaciones/posters/debates en conferencias…
Tampoco se deben impartir cursos ni realizar presentaciones antes de presentar la solicitud, salvo bajo un contrato de confidencialidad.
Una vez presentada la solicitud de patente en la correspondiente Oficina, se le otorga un número de solicitud y una fecha de prioridad. A partir de esa fecha de prioridad ya pueden publicarse resultados relacionados con la patente sin que luego estas publicaciones interfieran en la evaluación de la misma.
No obstante, es importante tener en cuenta:
- Mientras la solicitud de la patente no se publique, el contenido de la misma se mantiene en secreto.
- Cualquier nuevo desarrollo no recogido en la patente que posteriormente quisiera protegerse, podría verse afectado por todas las publicaciones previas.
¿Qué pasa si el mercado para mi invención es internacional?
Los derechos de propiedad industrial son territoriales, y por tanto sólo obtienen protección en el territorio del país o países en los que se hubiese solicitado el registro.
A partir de la fecha de solicitud de un primer registro ante una oficina de patentes, el titular dispone de un plazo de 12 meses para decidir si va a presentar una solicitud internacional. Si pasado ese plazo no se extiende, la patente solo estará protegida en el país del primer registro.
Para obtener protección en varios países hay que realizar los trámites de protección en cada uno de ellos. Si bien, existen acuerdos internacionales que simplifican los procedimientos de registro en el ámbito europeo o internacional.
La estrategia de la UPV es solicitar la patente prioritaria en España y antes de los 12 meses pedir PCT. La solicitud de PCT permite tener 18 meses más para tomar la decisión sobre los países en los que interesa tener la patente protegida (entrada en fases nacionales) y para encontrar una empresa interesada.
A los 30 meses (12+18) es cuando se solicitaría la extensión a Estados Unidos, Europa, o las regiones que interesaran (entrada en fases nacionales). Si a los 30 meses no se procede con la entrada en fases, la protección queda únicamente en España.
La UPV por lo general no entra en fases si no hay una empresa que haya licenciado la tecnología y asuma los gastos, puesto que en esta fase ascienden considerablemente.
No obstante, en los casos en los que no se tiene esa licencia a una empresa, si los investigadores consideran de interés hacer dicha extensión, se revisa la situación del expediente, se recaba la opinión de los cotitulares y se analiza si la UPV puede financiar parte de los costes. Según la instrucción del vicerrector de 4 de octubre de 2019 sobre cofinanciación de expedientes de patentes, a partir de la entrada en fases, los inventores deben cofinanciar el 50% de los gastos desde sus claves específicas.
¿Cómo puede ayudarme i2T en la comercialización de la patente?
i2T te acompaña en todas las fases del proceso de comercialización y licencias, desde la validación técnica y análisis de mercado hasta la conexión con empresas para las licencias a terceros o la creación de una Spin-off.
¿Qué es una Licencia de Patente?
Una licencia de patente es el contrato que permite a un tercero fabricar, usar o comercializar la tecnología protegida sin infringir los derechos exclusivos de la UPV: la UPV sigue siendo el titular, mientras el licenciatario obtiene acceso a la invención a cambio de las condiciones pactadas (pagos, hitos de desarrollo, territorios, plazos). Desde i2T nos ocupamos de todo el proceso, valoración, negociación de cláusulas técnicas y económicas, y gestión administrativa para que tu invención llegue al mercado.
¿Cómo se gestionan los gastos e ingresos de las patentes de la UPV?
La UPV asume los gastos iniciales de protección ante la Oficina Española de Patentes y Marcas (OEPM), tanto de las solicitudes prioritarias españolas como de las solicitudes de extensión internacional vía PCT, de aquellas invenciones que son de su propiedad.
Para entradas en fases se establecen esquemas de cofinanciación mediante los cuales parte de los costes de protección y defensa de la patente se costean desde la Bolsa de Patentes de la UPV y parte de los costes se asumen desde centros de coste de los inventores.
En la UPV si se obtienen beneficios por la licencia de la patente, una vez descontados los gastos, el reparto entre el investigador y la universidad es el siguiente:
- 40 % UPV (reinversión sistema I+D)
- 60 % Inventores (una parte puede asignarse a la Estructura de Investigación)