¿Qué son las Elecciones UPV?
Las elecciones UPV son el proceso mediante el cual la comunidad univesitaria elige a sus representantes en los distintos órganos de gobierno y representación de la Universtat Politècnica de Valencia.
A través del voto, la comunidad universitaria ejerce su derecho democrático a decidir quiénes formarán parte de los diferentes órganos unipersonales y colegiados que conforman nuestra universidad.
Estos procesos electorales son fundamentales para garantizar una universidad participativa, transparente y comprometida con las necesidades de todos sus colectivos
¿Cuáles son las etapas del proceso electoral?
Normativa y acuerdos
Normativa Estatal
Normativa Autonómica
Normativa propia de la Universitat Politècnica de València
Normativa y acuerdos
Normativa y acuerdos

Normativa Estatal
- Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario.
- Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General.

Normativa Autonómica

Normativa propia de la Universitat Politècnica de València
- Reglamento de Régimen Electoral de la Universitat Politècnica de València (BOUPV 2024/0154).
- Reglamento del Claustro Universitario de la Universitat Politècnica de València (BOUPV 156/2022)
- Reglamento de la Sindicatura de Greuges Universitaria de la Universitat Politècnica de València (BOUPV 2025/0109)
- Reglamento de la Delegación de Alumnos y Alumnas de la Universitat Politècnica de València (BOUPV núm. 125 de 17/04/2019)
Normativa y acuerdos
Vídeos explicativos
¿Tienes dudas sobre cómo votar, a qué órganos se elige o por qué es importante participar?
Te lo contamos de forma sencilla y visual en estos vídeos:
Preguntas frecuentes
¿Qué órganos de la UPV se eligen a través de un proceso electoral?
Los órganos de la UPV que se eligen por algún proceso electoral son los siguientes:
Órganos de gobierno y representación unipersonales:
- Rector o Rectora
- Director o Directora de escuela y Decano o Decana de Facultad.
- Director o Directora de departamento
- Director o Directora de Instituto Universitario de Investigación.
- Director o Directora de estructura propia de investigación.
Órganos de gobierno y representación colegiados:
- Claustro Universitario (y Mesa del Claustro Universitario).
- Consejo de Gobierno.
- Consejo de escuela y facultad
- Comité de Dirección de la Escuela de Doctorado.
- Consejo de departamento.
- Consejo de Instituto Universitario de Investigación.
- Consejo científico – técnico de la estructura propia de investigación.
Órganos de gobierno y participación:
- Coordinadora o coordinador de escuela y facultad.
- Coordinadora o coordinador de departamento
- Coordinadora o coordinador de Instituto Universitario de Investigación.
- Coordinadora o coordinador de estructura propia de investigación
Sindicatura de Greuges Universitaria
Estudiantes
- Delegadas y Delegados de Estudiantes en los Centros.
- Presidencia del Consejo de Estudiantes.
¿Quién puede votar en los procesos electorales de la UPV?
En los procesos electorales de la UPV vota la comunidad universitaria, la cual está formada por los siguientes colectivos: el personal de los cuerpos docentes universitarios funcionarios y profesores y profesoras permanentes laborales, profesorado emérito, Personal docente e investigador no permanente a tiempo completo, Personal docente e investigador no permanente a tiempo parcial, personal investigador, personal técnico, de gestión y de administración y servicios, y estudiantado. Cada uno de estos colectivos podrá votar solo en aquellos procesos electorales que marca la normativa aplicable para cada caso.
¿Qué es el voto ponderado?
El voto ponderado es un mecanismo según el cual para determinar el resultado final de unas elecciones, los votos recibidos por cada candidatura deben agruparse en función del colectivo al que pertenecen, para aplicar sobre estos el coeficiente de ponderación que corresponda. De ese modo, aunque una candidatura pudiera tener muchos más votos de un colectivo, su influencia queda limitada al porcentaje de ponderación que le corresponda a ese colectivo. En nuestra Universidad, este mecanismo se aplica en las elecciones a rector o rectora y en las elecciones a director o directora de escuela y a decano o decana de facultad.
Si con la descripción anterior no queda suficientemente claro, se podría incluir un ejemplo, y añadir algo así:
Así por ejemplo, en el caso de las elecciones a rector o rectora se establecen los siguientes coeficientes de ponderación:
- Personal de los cuerpos docentes universitarios funcionarios y profesoras y profesores permanentes laborales: 59%
- Personal docente e investigador no permanente: 4%
- Personal investigador no permanente: 7%
- Personal técnico, de gestión y de administración y servicios: 9%
- Estudiantes: 21%
Si el número de votos obtenidos por 2 candidatos por cada uno de los colectivos fuera el siguiente:
| Colectivos | Candidato A | Candidato B | Total votos |
| Funcionarios y PPL | 600 | 400 | 1.000 |
| PDI no permanente | 300 | 450 | 750 |
| PI no permanente | 250 | 270 | 520 |
| PTGAS | 320 | 230 | 550 |
| Estudiantes | 2.500 | 3.700 | 6.200 |
| TOTAL | 3.970 | 5.050 | 9.020 |
A pesar de que el candidato B ha obtenido 1.080 votos más que el candidato A, al aplicar los coeficientes de ponderación anteriores, es el candidato A el que resultaría ganador con el 54,07% del voto ponderado.
| Colectivos | Voto ponderado Candidato A | Voto ponderado Candidato B |
| Funcionarios y PPL | 35,40% (600 / 1.000 x 0,59) | 23,60% (400 / 1.000 x 0,59) |
| PDI no permanente | 1,60% (300 / 750 x 0,04) | 2,40% (450 / 750 x 0,04) |
| PI no permanente | 3,37% (250 / 520 x 0,07) | 3,63% (270 / 520 x 0,07) |
| PTGAS | 5,24% (320 / 550 x 0,09) | 3,76% (230 / 550 x 0,09) |
| Estudiantes | 8,47% (2.500 / 6.200 x 0,21) | 12,53% (3.700 / 6.200 x 0,21) |
| TOTAL | 54,07% | 45,93% |
Por otro lado, en la primera de las preguntas frecuentes se indica como «Órganos de gobierno y participación», los siguientes:
- Coordinadora o coordinador de escuela y facultad.
- Coordinadora o coordinador de departamento
- Coordinadora o coordinador de Instituto Universitario de Investigación.
- Coordinadora o coordinador de estructura propia de investigación
Estos coordinadores lo son de los directores de cada una de las estructuras, por lo que debería ser:
- Coordinadora o coordinador de directoras y directores de escuela y decanas y decanos de facultad.
- Coordinadora o coordinador de directoras y directores de departamento
- Coordinadora o coordinador de directoras y directores de Instituto Universitario de Investigación.
- Coordinadora o coordinador de directoras y directores de estructura propia de investigación
¿Si me presento como candidato o candidata puedo votarme?
Dado que el voto es personal y secreto y en tanto que en la actualidad no existe ninguna norma que impida que los candidatos y las candidatas puedan votarse a sí mismos esta opción es posible tanto en la votación electrónica como en la presencial.