Si estás afectado por una discapacidad con un grado igual o superior al 33%, tienes derecho a exención total del pago de precios públicos.
La condición de discapacidad se acredita con el documento emitido por la Administración Autonómica competente. Si el mismo está expedido por: Comunidad Valenciana, Andalucía, Aragón, Principado de Asturias, Baleares, Canarias, Cantabria, Castilla La Mancha, Castilla y Leon, Extremadura, Galicia, Madrid, Murcia, Navarra, La Rioja y Cataluña, no es necesario que aportes la documentación acreditativa, ya que la condición de discapacidad se comprobará mediante una consulta electrónica a través de la Plataforma de Intermediación de Datos, del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas.
Si no perteneces a ninguna de estas Comunidades Autónomas, la documentación acreditativa deberás subirla a través de tu Intranet, apartado Secretaria Virtual/ Documentación de matrícula.