Contraprestaciones por la explotación de resultados
Se deben contemplar contraprestaciones a satisfacer a la Universidad en los
siguientes casos:
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Explotación de Conocimiento Previo, si es que fueran a utilizarse en la
explotación de los resultados
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Explotación de Resultados, en los casos en los fuera asignada su titularidad a
la Universidad
Las formas habituales de contraprestación son:
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Una cantidad inicial (dependiente de la exclusividad o alcance de la
explotación)
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Un porcentaje sobre los ingresos que la Empresa reciba de la explotación. En
estos casos se suele establecer una cantidad mínima
anual a percibir por la UPV
Al margen de las contraprestaciones anteriores se puede establecer una Prima
por Invención, normalmente asociada a la obtención de un título de patente en
un determinado territorio, y que remunera la novedad y la ventaja competitiva
que aporta la protección del resultado.