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UPV
 
Contraprestaciones por la explotación de resultados
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Se deben contemplar contraprestaciones a satisfacer a la Universidad en los siguientes casos:

  • Explotación de Conocimiento Previo, si es que fueran a utilizarse en la explotación de los resultados
  • Explotación de Resultados, en los casos en los fuera asignada su titularidad a la Universidad

Las formas habituales de contraprestación son:

  • Una cantidad inicial (dependiente de la exclusividad o alcance de la explotación)
  • Un porcentaje sobre los ingresos que la Empresa reciba de la explotación. En estos casos se suele establecer una cantidad mínima anual a percibir por la UPV

Al margen de las contraprestaciones anteriores se puede establecer una Prima por Invención, normalmente asociada a la obtención de un título de patente en un determinado territorio, y que remunera la novedad y la ventaja competitiva que aporta la protección del resultado.


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