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UPV
 
Participación de la UPV

La UPV podrá participar como socia en la empresa en el marco previsto por la Ley Orgánica 6/2001 de 11 de diciembre de Universidades y la Ley 14/2011 de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación. Para ello se deberá contar con los tres elemento definidos en el punto 1, y además, en la decisión de participar se valorará con especial cuidado la efectiva explotación de la tecnología transferida, la futura relación de I+D entre la UPV y la empresa, y las previsiones de desarrollo y crecimiento contenidas en el Plan de Negocio junto a una componente gerencial sólida.

En el caso de que la UPV no participe como socia, pero si se den los tres elementos referidos en el punto 1, podrá reconocer formalmente a la empresa como spin-off y concederle licencia gratuita de la marca Spin-off UPV™


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