Si has tramitado correctamente el convenio de prácticas en unos días tanto tú como la empresa recibiréis un email con el documento firmado por la UPV.

Es posible que tengas algunas dudas sobre qué se espera de ti en las prácticas o cómo moverte en un entorno profesional. Te recomendamos estos recursos gratuitos:

DUDAS FRECUENTES:

SIE UPV: Consultas Frecuentes.

Definición, naturaleza y caracteres de las prácticas

De acuerdo al Reglamento UPV, «Las prácticas académicas externas constituyen una actividad de naturaleza formativa realizada por los estudiantes universitarios y las estudiantes universitarias y supervisada por las Universidades, cuyo objetivo es permitir a los mismos y a las mismas aplicar y complementar los conocimientos adquiridos en su formación académica, favoreciendo la adquisición de competencias que les y las preparen para el ejercicio de actividades profesionales, faciliten su empleabilidad y fomenten su capacidad de emprendimiento.» También se indica que «Dado el carácter formativo de las prácticas académicas externas, de su realización no se derivarán, en ningún caso, obligaciones propias de una relación laboral, ni su contenido podrá dar lugar a la sustitución de la prestación laboral propia de puestos de trabajo. En el ámbito de las administraciones públicas, entidades de derecho público y demás organismos públicos, la realización en los mismos de las prácticas académicas externas no podrá tener la consideración de mérito para el acceso a la función pública ni será computada a efectos de antigüedad o
reconocimiento de los servicios previos.»
Esto nos indica que:

-LAS PRÁCTICAS EN EMPRESAS SON UNA ACTIVIDAD FORMATIVA, NO LABORAL

-NO ES LO MISMO UN CONTRATO DE TRABAJO QUE UN CONVENIO DE PRÁCTICAS.

Horarios y jornada

De acuerdo al Reglamento UPV, » Los horarios de realización de las prácticas se establecerán de acuerdo con las características de las mismas y las disponibilidades de la entidad colaboradora. Los horarios, en todo caso, se procurará que sean compatibles con la actividad académica, formativa y de representación y participación desarrollada por el o la estudiante en la Universitat.» también se indica que: «Como máximo los y las estudiantes podrán tener una dedicación de 40 horas semanales en la realización de las prácticas académicas externas.» Ten en cuenta que un día NO LECTIVO puede ser un día LABORABLE por lo que SIEMPRE deberás acordar con antelación con la empresa la jornada y régimen horario de las prácticas.

Reglamento de prácticas UPV: Artículo 12. Deberes de los y las estudiantes en prácticas

  • Asimismo, y durante la realización de las prácticas académicas externas los y las estudiantes deberán atender al cumplimiento de los siguientes deberes:
    a) Cumplir la normativa vigente relativa a prácticas externas establecida por la Universitat.
    b) Conocer y cumplir las condiciones establecidas en el convenio de cooperación educativa y el
    proyecto formativo de las prácticas siguiendo las indicaciones del tutor asignado o de la tutora
    asignada por la entidad colaboradora bajo la supervisión del tutor académico o de la tutora
    académica de la Universitat.14
    c) Mantener contacto con el tutor académico o la tutora académica de la Universitat durante
    el desarrollo de la práctica y comunicar a la unidad gestora de prácticas externas y al tutor
    académico o a la tutora académica cualquier incidencia que pueda surgir en el mismo, así omo hacer entrega de los documentos e informes de seguimiento intermedio y la memoria final que le sean requeridos.
  • d) Incorporarse a la entidad colaboradora de que se trate en la fecha acordada, cumplir el horario previsto en el proyecto y respetar las normas de funcionamiento, seguridad y prevención de riesgos laborales de la misma.
  • e) Desarrollar el proyecto formativo y cumplir con diligencia las actividades acordadas con la entidad colaboradora conforme a las líneas establecidas en el mismo.
  • f) Elaboración de la memoria final de las prácticas, prevista en el artículo 17 de este Reglamento y, en su caso, del informe intermedio.
  • g) Guardar confidencialidad en relación con la información interna de la entidad colaboradora y guardar secreto profesional sobre sus actividades, durante su estancia y finalizada ésta. Para hacer uso de la información o documentación de la empresa, el alumno o la alumna debe contar con la autorización expresa de la entidad colaboradora.
  • h) Mostrar, en todo momento, una actitud respetuosa hacia la política de la entidad colaboradora, salvaguardando el buen nombre de la Universitat.
  • i) Cualquier otro deber previsto en la normativa vigente y/o en el correspondiente convenio de cooperación educativa suscrito por la Universitat con la entidad colaboradora.

Reglamento de prácticas UPV: Artículo 12. Derechos de los y las estudiantes en prácticas

  • Durante la realización de las prácticas académicas externas, los y las estudiantes tendrán los siguientes derechos:
    a) A la tutela, durante el período de duración de la correspondiente práctica, por un profesor o profesora de la Universitat y por un o una profesional que preste servicios en la empresa, institución o entidad donde se realice la misma, de acuerdo con el artículo 13 del presente
    Reglamento.
    b) A la evaluación de acuerdo a un procedimiento común establecido por la Universitat, con la posibilidad de ser complementada por la estructura responsable del título.
    c) A la obtención de un informe por parte de la entidad colaboradora donde ha realizado las prácticas, con mención expresa de la actividad desarrollada, su duración y, en su caso, su rendimiento.
    d) A percibir, la aportación económica de la entidad colaboradora, en concepto de bolsa económica de ayuda al estudio cuando así se establezca.
    e) A la propiedad intelectual e industrial en los términos establecidos en la legislación reguladora de la materia.
    f) A recibir, por parte de la entidad colaboradora, información de la normativa de seguridad y prevención de riesgos laborales.
    g) A cumplir con su actividad académica, formativa y de representación y participación, previa comunicación con antelación suficiente a la entidad colaboradora.
    h) A disponer de los recursos necesarios para el acceso de los y las estudiantes con discapacidad a la tutela, a la información, a la evaluación y al propio desempeño de las prácticas en igualdad de condiciones.
    i) A conciliar, en el caso de los y las estudiantes con discapacidad, la realización de las prácticas con aquellas actividades y situaciones personales derivadas o conectadas con la situación de discapacidad.
    j) A su inclusión en la póliza de accidentes de trabajo y de responsabilidad civil que suscribe la Universitat Politècnica de València para el estudiantado en prácticas en empresas. La cobertura de asistencia sanitaria alcanzará a aquellas prácticas que dado su perfil no deban estar cubiertas por la Seguridad Social.
    k) Aquellos otros derechos previstos en la normativa vigente y/o en el correspondiente convenio de cooperación educativa suscrito por la Universitat con la entidad colaboradora.