Las Cátedras de empresa son una forma de establecer una amplia y
cualificada colaboración de empresas, fundaciones y otras entidades con
vinculación empresarial con la Universidad Politécnica de Valencia para
desarrollar objetivos de docencia, transferencia de tecnología y
conocimiento y de investigación.
Las Cátedras de empresa de la
UPV surgen de la necesidad de potenciar al máximo la relación entre la
comunidad universitaria y el entorno empresarial que, desde su
fundación, ha caracterizado la trayectoria de esta Universidad.
Mediante la creación de cátedras las empresas contribuyen a la
formación de futuros profesionales en áreas de conocimiento de interés
común y asocian su nombre al prestigio de la UPV.
Las Cátedras
son una oportunidad para potenciar el más estrecho contacto de las
empresas con la vanguardia de la investigación y del conocimiento
generado en la universidad. Y para la comunidad universitaria, alumnos,
profesores e investigadores las Cátedras de empresa facilitan la
relación con empresas de primer nivel, propiciando una amplia
comunicación en el marco de las actividades de formación, de difusión y
divulgación de conocimiento y de investigación. Las iniciativas de las
Cátedras deben contribuir a incrementar la más amplia oferta de
actividades de los Centros para alumnos y profesores.
Corresponde la iniciativa para la creación de Cátedras de empresa a
los Centros docentes. También, en colaboración con uno o más Centros
Docentes, podrán promover Cátedras de empresa los Departamentos, los
Institutos Universitarios y los Institutos o Centros propios de
Investigación. Los Centros docentes presentarán la propuesta de
creación de la Cátedra a la Dirección Delegada de Políticas de Empleo,
quien, en su caso, elevará la propuesta al Rector para su aprobación.
Las
Cátedras podrán tener un ámbito amplio de actuación de forma que en sus
actividades puedan participar profesores y alumnos de los diferentes
Centros o Departamentos.
El Convenio de creación de la Cátedra podrá firmarse con una o más empresas.
Las Cátedras de empresa contarán con la siguiente estructura:
-
Un Director de Cátedra, que será un profesor de la UPV, consensuado con
la empresa, y responderá a un perfil de prestigio profesional, técnico
y científico reconocido en el ámbito de la Cátedra. El Director de la
Cátedra será nombrado por el Rector de la Universidad.
- El Director
de la Cátedra junto con la empresa propondrá a la Comisión de
seguimiento el programa de actividades de la Cátedra.
- La Cátedra
podrá dotarse de personal técnico y administrativo de acuerdo con las
disponibilidades económicas de la Cátedra y las funciones a desarrollar.
- El Director de la Cátedra será el responsable de la gestión económica de la misma.
Se creará, para cada Cátedra de empresa, una comisión paritaria de seguimiento, que estará compuesta por:
- Director Delegado de Políticas de Empleo de la UPV, o persona en quien delegue.
- Director del Centro o persona en quien delegue.
- Director de la Cátedra. (quién actuará con voz pero sin voto)
- Dos representantes de la empresa.
La
Comisión de seguimiento podrá ser más amplia por acuerdo de las partes
y ,en todo caso, cuando en la creación de la Cátedra participe más de
una entidad de la UPV o más de una empresa, manteniendo su carácter
paritario.
La Comisión de seguimiento podrá recabar el
asesoramiento que considere oportuno. Cuando las actividades de la
Cátedra lo requieran, la Comisión de seguimiento podrá nombrar una o
varias comisiones técnicas, presididas por el Director de la Cátedra,
para mayor agilidad del desarrollo de las actividades programadas.
La
Comisión se reunirá como mínimo dos veces al año. Las reuniones las
convocará el Director de la Cátedra con una antelación mínima de 15
días y los acuerdos se comunicarán a la Dirección Delegada de Políticas
de Empleo.
Las funciones de la Comisión de seguimiento serán:
-
Aprobar el programa anual de la Cátedra, con detalle de las actividades
a realizar, y la asignación presupuestaria, incluidos los gastos
propios de gestión y representación.
- Seguimiento y evaluación de las actividades de la Cátedra.
- Aprobar la liquidación del presupuesto anterior y el destino de los remanentes.
- Aprobar la memoria anual de actividades de la Cátedra.
Las actividades académicas a realizar serán las establecidas en el
Convenio de creación de la Cátedra y las acordadas en la Comisión de
Seguimiento, que sean consideradas de interés para ambas partes en
desarrollo del Convenio, y que, entre muchas, pueden ser las siguientes:
Actividades de formación
1. Colaboración en asignaturas de libre elección y masteres.
2. Becas predoctorales y posdoctorales.
3. Premios a proyectos fin de carrera, trabajos y concursos de ideas.
4. Conferencias y seminarios.
5. Promoción de cooperación educativa.
6. Colaboración en planes de formación de la empresa.
Actividades de divulgación y transferencia de conocimiento
1. Realización de jornadas de divulgación técnica y tecnológica.
2. Publicaciones sobre temas de interés en el ámbito de la Cátedra.
3. Divulgación de las actividades de la Cátedra.
4. Promoción en acontecimientos científicos y técnicos.
Actividades de investigación
1. Promoción del desarrollo de líneas de investigación.
2. Apoyo en la realización de tesis doctorales en el área de conocimiento de la Cátedra.
3. Apoyo a trabajos de investigación.
4. Promoción de encuentros de expertos en el área de interés de la Cátedra.
La aportación económica mínima que la empresa realizará anualmente para la financiación de las actividades de la Cátedra será de 30.000 €. En el Convenio de la Cátedra se establecerá los plazos, en los que se realizarán las aportaciones económicas por parte de la empresa a la Cátedra.
El convenio establecerá la duración de creación de la Cátedra, que
será de 1 a 3 años prorrogables. La prórroga podrá ser de forma expresa
o tácita.
Para los convenios de duración inferior a tres años
la renovación será tácita hasta completar los tres años, pudiendo
cualquiera de las partes denunciar el convenio con 2 meses de
antelación a la fecha en que vaya a darlo por terminado.
La
comisión de seguimiento fijará, al inicio de cada anualidad, el importe
al que ascenderá las correspondiente aportación económica.
Los
convenios de tres años de duración se prorrogarán de forma expresa. La
comisión de seguimiento será la encargada de presentar la propuesta de
prórroga de la Cátedra a la Dirección Delegada de Políticas de Empleo,
quien elevará la propuesta al Rector.
La Universidad Politécnica de Valencia difundirá la participación y
colaboración de la empresa en todas las actividades que realice la
Cátedra.
Se editará una Memoria Anual donde quedarán reflejadas las actividades realizadas por la Cátedra.
La creación de las Cátedras de empresa se formalizará mediante la
firma de un Convenio de colaboración entre la Universidad y una o
varias empresas o entidades con vinculación empresarial, de acuerdo con
los objetivos antes señalados.
El tratamiento fiscal de los
convenios dependerá de las actividades a realizar, pudiendo, en su
caso, acogerse al régimen fiscal del mecenazgo recogido en la Ley
49/2002 de régimen fiscal de entidades sin fines lucrativos y de los
incentivos fiscales al mecenazgo.
Valencia 23 de octubre de 2007.