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Anuncio valoraciones definitivas y propuesta adjudicación (Beca Ref. 20160162)

13 - Gener - 2017

 

Newsgroups:: UPV.anuncis

From:: Julián Rejon Lopez<jrejon@upvnet.upv.es>

Date:: Fri, 13 Jan 2017 13:00:01 +0100

Organization:: U.P.V.

Message-ID:: <o5afg1$up3$2@news.cc.upv.es>


 

Anuncio valoraciones definitivas y propuesta adjudicación (Beca Ref. 20160162)
ANUNCIO DE LA COMISIÓN DE ADJUDICACIÓN DE UNA BECA DE COLABORACIÓN PARA
ACTIVIDADES DE I+D+i CONVOCADA POR LA UNIVERSITAT POLITÈCNICA DE
VALÈNCIA, CON DESTINO EN LA ETS INGENIERÃA INFORMÃTICA. REFERENCIA DE LA
CONVOCATORIA 20160162.

Primero.- De conformidad con las bases de la convocatoria que rigen el
presente procedimiento selectivo, se pone en general conocimiento de
todos los interesados las puntuaciones finales de los aspirantes que se
han personado a la entrevista personal y que a continuación se detallan:

Nombre y Apellidos Méritos Entrevista Total
Adrián Vicente Paños 8,85 1,0 9,85
Marylin Leonor Mattos Barros 7,20 0,5 7,70
Yolanda María Benlloch Fornés 6,77 0,6 7,37
Sara Diago Gonzalvo 6,75 0,6 7,35
Juan Sebastián Bejarano Ballén 6,50 0,7 7,20
Arnau Campos Albuixech 6,55 0,5 7,05
Gloria Amparo Muñoz Edo 5,70 0,6 6,30
Salvador Carrión Ponz 5,55 0,7 6,25
José Miguel Benítez 5,30 0,7 6,00
Nayhara Morón Jiménez 4,70 0,8 5,50
Pablo Calabuig García 4,75 0,7 5,45
María Regina Peña de la Horra 5,00 0,4 5,40
Guillermo Martínez Miquel 5,00 0,0 5,00
Alberto Monzón Gomariz 4,50 0,0 4,50

Segundo.- Teniendo en cuenta estas puntuaciones, se propone a D. Adrián
Vicente Paños para la adjudicación de la beca objeto de la convocatoria.

Tercero.- Se conforma una bolsa de becarios ordenados priorizadamente, a
la que se podrá recurrir en caso de renuncia del candidato propuesto. La
vigencia de dicha bolsa no podrá ser superior a 6 meses.

Contra este acto de la Comisión de Adjudicación, que no pone fin a la
vía administrativa, se podrá interponer recurso de alzada, en el plazo
de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación, todo
ello de conformidad con lo dispuesto en los artículos 121 y 122, de la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de
las Administraciones Públicas. Este recurso se podrá interponer ante el
órgano que dictó el acto que se impugna o ante el rector como órgano
competente para resolverlo.

Valencia, 12 de enero de 2017
El Vocal Secretario de la Comisión

D. Xavier Molero Prieto
 



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