Calendario y procedimiento
de ADMISIÓN DEL ALUMNADO
| 1997 - 1998 |
|---|
| Generalitat Valenciana Institut de Batxillerat LLUÍS VIVES Sant Pau, 4 46002-Valθncia |
CALENDARIO DEL PROCESO DE ESCOLARIZACIÓN
PARA LA CIUDAD DE VALENCIA:
CURSO 1997 -1998
( en centros financiados con fondos públicos )
NORMATIVA LEGAL VIGENTE :
CRITERIOS: Decreto 186/1994 de 13 de septiembre del Gobierno Valenciano (DOGV de 27 de septiembre).
PROCESO: Orden de 7 de febrero de 1995, de la Consellería de Educación y Ciencia (DOGV de 1 de marzo)
PLAZOS: Resolución de 11 de marzo de 1997 de la Dirección Territorial de Cultura y Educación de Valencia (DOGV de 27 de Marzo)
En el tablón de anuncios de la entrada al centro disponen de un panel informativo donde también encontrarán un extracto de las normas legales vigentes referentes a la admisión de alumnos. Si lo necesitasen, en las oficinas de la Secretaría podrán consultar una copia de las citadas normas.
| PROCESO ORDINARIO(convocatoria de JUNIO): desde el 14 de Abril hasta el 18 de Julio |
PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES :
desde el 14 de ABRIL hasta el 23 de MAYO, en la Secretaria del centro.
El horario de atención al público en la Secretaria es:
mañanas: 9.30 a 13.30,
y los lunes y jueves, tardes: 17.00 a 19.30
Finalizado el plazo que se cita, las instancias que se recojan serán consideradas FUERA DE PLAZO y se incluirán en el proceso extraordinario del mes de septiembre siempre que existan plazas vacantes.
NOTA : disponen de modelos de solicitud en nuestra Conserjería.
RECUERDE... debe presentar una sola solicitud en un único centro , preferentemente en el de su zona de residencia. La Comisión Municipal de Escolarización podría penalizar casos de duplicidades asignando plaza a dichas solicitudes en un centro no deseado.
HASTA EL DÍA 30 de MAYO. Se trata de comprobar las solicitudes presentadas para EVITAR DUPLICIDADES.
hasta el día 9 DE JUNIO.
El Consejo Escolar del Instituto baremará las solicitudes basándose en la documentación que usted presente. Por eso es muy importante que cumplimente correctamente, y con letra clara, los datos que se piden en la solicitud y que adjunte los documentos necesarios. Cualquier otra circunstancia específica que usted quiera dar a conocer al Consejo Escolar podrá hacerla constar mediante un escrito complementario que adjuntará a la documentación obligatoria.
hasta el día 10 DE JUNIO
NOTA: en esas listas se relacionan provisionalmente los solicitantes y la puntuación asignada por el Consejo escolar del centro. Se publicará también la relación de solicitudes duplicadas.
EN CASO DE RECLAMACIÓN (por la puntuación obtenida en la baremación)
hasta el 16 de Junio, presentando instancia en la Secretaria del centro dirigida al presidente del Consejo Escolar.
la respuesta por escrito del Consejo Escolar... hasta el día 23 de Junio.
¡¡¡ATENCIÓN !!!
Para los alumnos solicitantes de 1Ί de BUP :
Plazo hasta el día 1 de Julio, para presentar el libro de escolaridad de EGB diligenciado correctamente o un certificado del Director del centro de procedencia, donde se hará constar que el alumno ha sido incluido en la propuesta de expedición de títulos de GRADUADO ESCOLAR; sin perjuicio de la obligada presentación del libro de escolaridad, una vez en poder de la persona interesada.
Para los alumnos solicitantes de 2Ί de BUP, 3Ί de BUP y COU :
Sus solicitudes se atenderán cuando presenten sus calificaciones finales actualizadas (aquellos que tengan pendiente la convocatoria de Septiembre no serán atendidos ahora). El plazo de presentación de las calificaciones actualizadas será hasta el día 1 de julio, en la Secretaría de este centro, aportando FOTOCOPIA DE LAS HOJAS DE SU LIBRO DE CALIFICACIONES CORRESPONDIENTES A LOS CURSOS 1995/96 y 1996/97
FINALIZADO EL PLAZO CITADO, la documentación que se recoja se considerará "FUERA DE PLAZO" y se incluirá en el proceso extraordinario del mes de Septiembre, siempre que queden plazas vacantes.
hasta el día 4 DE JULIO, a partir del mediodía:
Recogerán en la Conserjería de este centro un sobre personalizado con las instrucciones e impresos necesarios para la matriculación, señalándose también la fecha de matriculación que le corresponda.
¡¡¡ATENCIÓN!!! Los alumnos admitidos deberán formalizar la matricula en los plazos establecidos y en la fecha que tengan asignada (como fin del plazo el día 18 de Julio), y se considerarán vacantes las plazas asignadas a aquellos alumnos admitidos que no la hayan formalizado en el plazo señalado, entendiéndose que renuncian a su plaza. En ese caso, las plazas vacantes se asignarán a los alumnos que se relacionen a continuación en orden de preferencia; si no hubiese alumnos pendientes de admisión, se considerarán puestos escolares vacantes, ofertándose en el proceso extraordinario de Septiembre.
NOTA: Los alumnos CON GRADUADO ESCOLAR y NO ADMITIDOS en la convocatoria de JUNIO podrán premanecer en lista de espera para la convocatoria de Septiembre o retirar la instancia y presentarla en algún centro que tenga vacantes.
PLAZO DE FORMALIZACIÓN DE LA MATRICULA :
desde el 10 hasta el 18 de Julio
en las ventanas dispuestas en el claustro, planta baja.
HORARIO: desde las 11.00 a las 14 horas
Entre otros, deberán aportar los siguientes documentos:
PARA LOS ALUMNOS QUE TERMINEN LOS ESTUDIOS de E.G.B. o de E.P.A.
a) El Libro de Familia o, si no es posible, una certificación de la inscripción de nacimiento expedida por el registro civil.
b) El documento sanitario obligatorio para el inicio de etapa educativa, establecido en la orden de la Consellería de sanidada y Consumo, de 14 de Enero de 1993 (DOGV de 3 de febrero). Este documento se facilitará con los impresos de solicitud o en los centros sanitarios, y deberá ser cumplimentado gratuítamente por el facultativo que tenga a su cargo el control sanitario del/ de la alumno/a.
PARA LOS ALUMNOS ESCOLARIZADOS ANTERIORMENTE EN OTROS CENTROS DE ENSEÑANZAS MEDIAS :
a) Presentarán el libro de calificaciones debidamente diligenciado o, si no es posible, la certificación de baja del centro anterior en que se exprese su situación académica; sin perjuicio de la obligada presentación del libro de calificación una vez en su poder.
| PROCESO EXTRAORDINARIO ( convocatoria de SEPTIEMBRE ): desde el 1 de Septiembre hasta el 17 de Septiembre |
PLAZO DE PRESENTACIÓN DE LAS SOLICITUDES DE ADMISIÓN:
del 1 al 3 de Septiembre
El horario de atención al público en la Secretaría será: mañanas: 9.30 a 13.30
hasta el día 8 de Septiembre
¡ATENCIÓN!
PARA LOS ALUMNOS SOLICITANTES DE 1Ί DE BUP :
plazo HASTA EL DÍA 5 DE SEPTIEMBRE para presentar el libro de escolaridad de EGB cumplimentado correctamente o un certificado del Director del centro de procedéncia, donde se hará constar que el alumno está incluido en la propuesta de expedición de títulos de GRADUADO ESCOLAR.
PARA LOS ALUMNOS SOLICITANTES DE 2Ί de BUP, 3Ί de BUP y C.O.U. :
Sus solicitudes solo se tenderán cuando presenten las calificaciones finales actualizadas. El plazo de presentación de calificaciones actualizadas será hasta el día 5 de Septiembre, en la Secretaría de este centro, mediante FOTOCOPIA DE LAS HOJAS DE SUS LIBRO DE CALIFICACIONES CORRESPONDIENTES A LOS CURSOS 1995/96 y 1996/97.
PROCESO DE REDISTRIBUCIÓN DE ALUMNOS POR LAS COMISIONES DE ESCOLARIZACIÓN: hasta el 11 de Septiembre , y,
PUBLICACIÓN DE LAS LISTAS DEFINITIVAS: hasta el día 12 de Septiembre.
Recogerán en la Conserjería de este centro un sobre personalizado con las instrucciones e impresos necesarios para la matriculación, señalándose también la fecha de matriculación que le corresponda.
¡¡¡ATENCIÓN!!! Los alumnos admitidos deberán formalizar la matricula en los plazos establecidos y en la fecha que tengan asignada (como fin del plazo el día 17 de Septiembre), y se considerarán vacantes las plazas asignadas a aquellos alumnos admitidos que no la hayan formalizado en el plazo señalado, entendiéndose que renuncian a su plaza. En ese caso, las plazas vacantes se asignarán a los alumnos que se relacionen a continuación en orden de preferencia
EN CASO DE RECLAMACIÓN
hasta el 15 de Septiembre, presentando instancia en la Secretaría del centro dirigida al presidente del Consejo Escolar.
CRITERIOS DE ADMISIÓN DE ALUMNOS
Decreto 186/1994, de 13 de Septiembre (DOGV del 27)
CRITERIOS(capítulo IV, artículo 14):
Cuando no haya plazas suficientes para atender todas las solicitudes de ingreso, se regirán por los criterios prioritarios siguientes: de RENTAS ANUALES, de PROXIMIDAD DEL DOMICILIO y de la EXISTENCIA DE HERMANOS MATRICULADOS EN EL CENTRO.
RENTA ANUAL DE LA UNIDAD FAMILIAR : (Orden de 7 de febrero de 1995, Art. 15: DOGV 1 de marzo)
Punto 4: Se determinará dividiendo los ingresos totales por el número de miembros que la componen. Eso será necesario acreditarlo mediante el libro de familia. A este efecto se considerará unidad familiar la formada por los cónyuges y los hijos menores de 18 años, así como los mayores de esta edad y menores de 26 años que convivan en el domicilio familiar y no perciban ningún ingreso.
Punto 1: La renta de la unidad familiar se acreditará mediante la aportación de los siguientes documentos:
a) Hoja de liquidación y documento de ingreso o devoluciónn de la declaración de la renta de las personas físicas, bien conjunta de la unidad familiar bien de cada uno de ls miembros que la componen. En el citado documento de ingreso o devolución deberá figurar el sello que, estampado en el mmento de la presentación, lo acredite en cualquiera de las oficinas habilitadas para su percepción.
Certificado, expedido a este efecto por la Agencia Estatal de la Administración Tributaria, del hecho que los miembros de la unidad familiar a la cual pertenece el solicitante no han presentado la citada declaración.
Así mismo, se aportará declaración jurada de no recibir prestaciones no contributivas o, en caso contrario, certificación acreditativa de su importe, expedida por el organismo competente.
Punto 2: La documentación antes citada corresponderá al ejercicio fiscal anterior, EN DOS AÑOS ( 1995 ), al año natural para el cual se solicita plaza escolar, considerándose la BASE IMPONIBLE:
PUNTUACIÓN
(Cálculo sobre el año fiscal 1995: B.O.E. 31-12-94)
Cálculo ANUAL PUNTOS
1. Rentas iguales o inferiores al salarie mínino interp. <= 877.800 ptas. 2
2. Rentas no superiores al doble del salario mínimo interprofesional >877.800 y
<= 1.755.600 ptas.
1
3. Rentas superiores al doble del salario mínino interp > 1.755.600 ptas. 0
PROXIMIDAD DEL DOMICILIO
(Orden de 7 de Febrero de 1995, Art. 16: DOGV de 1 de Marzo)
Punto 1: El domicilio familiar se acreditará mediante la presentación del DNI del padre, madre o tutor legal y de un recibo de agua, luz o teléfono actualizado ocontrato de alquiler. Si no coinciden los domicilios que figuran en ambos documentos, se requerirá otra documentación complementaria, que podrá consistir en un certificado de residencia expedido por el ayuntamiento.
De acuerdo con la normativa vigente, hemos confeccionado un PLANO que refleja EL ÁREA DE INFLUENCIA de nuestro centro y sus zonas limítrofes, correspondiéndoles 5 y 2 puntos, respectivamente. PUNTUACIÓN
(Decreto 186/1994, de 13 de Septiembre, Art. 17: DOGV del 27)
ÁREA DE INFLUENCIA . .. 5 puntos
ÁREA LIMÍTROFE . .. 2 puntos
OTRAS ZONAS ......0 puntos
EXISTENCIA DE HERMANOS MATRICULADOS EN EL CENTRO
(Decreto 186/1994, de 13 de Septiembre, Art. 18: DOGV del 27)
En el nivel de Bachillerato, la existencia de hermanos matriculados en el centro se valorará de la siguiente manera:
SOLICITANTES 1Ί y 2Ί de BUP: 3 puntos por el primer hermano y 1 punto por cada uno de los otros.
SOLICITANTES DE 3Ί y C.O.U.: 0'5 puntos, cualquiera que sea el número de hermanos.
Sólo se computará el hecho de que el solicitante tenga hermanos matriculados en el centro, si estos cursan enseñanzas en este y han de continuar asistiendo a él, durante el curso escolar para el que se solicita la admisión: (Orden de 7 de febrero, art 18: DOGV de 1 de Marzo). Los órganos competentes de los centros se encargarán de verificarlo.
CRITERIOS PARA DIRIMIR LOS EMPATES QUE SE PRODUZCAN
(por orden de preferencia)
PUNTUACIÓN MÁS ELEVADA EN EL APARTADO DE HERMANOS.
PUNTUACIÓN MÁS ELEVADA EN EL APARTADO DE PROXIMIDAD DOMICILIARIA.
SORTEO PÚBLICO ANTE EL CONSEJO ESCOLAR DEL CENTRO.
CRITERIOS ADICIONALES (MΐXIMO 2 PUNTOS)
(Art. 14, punto 3, del decreto 186/1994, de 13 de Septiembre)
Cursar enseñanzas artísticas regladas 1 punto (Acreditar: art. 20 Orden
Ser deportista de élite 1 punto (Acreditar: art. 21 Orden
Per minusvalías . 1 punto (Acreditar: art. 22 Orden
Ser família numerosa. .. . 1 punto (Acreditar: art. 23 Orden
DE ACUERDO CON LA ORDEN DE 7 DE FEBRERO DE 1995, Y CON SU ART. 13, PUNTO 3: LOSCENTROS RECEPTORES CONSTRASTARÁN SI PROCEDE LAS COPIAS DE LA DOCUMENTACIÓN APORTADA Y LOS ORIGINALES, PONIENDOLE FECHA Y SELLANDO LA COPIA DE LA SOLICITUD PARA LA PERSONA INTERESADA.