0.7. Aspectos normativos y
políticos de los servicios móviles vía satélite (MSS: Mobile
Satellite Services)
Las comunicaciones móviles vía
satélite (MSS) y los servicios globales móviles de comunicación
personal (GMPCS) han permitido la desaparición fáctica de las
fronteras en todo el mundo, es decir, independientemente del lugar
de la Tierra donde un usuario se encuentre, puede establecer comunicaciones
(voz y datos) con otro lugar del Globo.
Indudablemente, aunque ya se disponga de
la tecnología adecuada para establecer los servicios MSS y
GMPCS, la dificultad que implica el acuerdo entre todos los
países a la hora de unificar criterios en la establecimiento de impuestos,
concesión de licencias,... hace que en la práctica no sea tan sencillo
el uso de MSS por la compleja red de especificaciones legales que cada
país establece en su territorio, limitando el potencial uso de
estos servicios.
La reglamentación RR 2020 de la ITU establece que:
"Ninguna estación transmisora
puede ser utilizada por cualquier persona o empresa sin la pertinente
licencia concedida por el gobierno el país donde se encuentre
dicha estación".
Las licencias que puede conceder un gobierno pueden ser de dos tipos:
Las tasas por la concesión de las
licencias varían mucho según el país considerado: desde la no
existencia de tasas, hasta tasas 2 y 3 veces mayores que el coste
del equipo.
A petición de sus países miembros,
Inmarsat ha sugerido establecer tasas unitarias que dependan del
estándar de Inmarsat utilizado, que se aproximen como máximo al
5% del valor del equipo.
Otro aspecto a considerar son los
requisitos a cumplir para que la licencia sea otorgada con el
objetivo de hacerlos cada vez menos restrictivos. Para ello, debe
concienciarse a los legisladores de los países de los beneficios socio-económicos
que reportan los MSS, desde el establecmiento de comunicaciones
en casos de desastre hasta todas las ventajas que supone disponer
de una "infraestructura instantánea".
Ejemplos de intentos para reducir los obstáculos en la concesión de licencias son:
Los impuestos que gravan la utilización de estaciones terrenas (LES) (Land Earth Stations) y terminales móviles dependen de:
Por supuesto, los impuestos a que son
sometidos los MSS son un aspecto esencial para el usuario de los
mismos ya que:
Todo esto hace necesario un acuerdo
internacional dentro de la WTO (World Trade Organization) que
actualmente no contempla la existencia de LES móviles con objeto
de unificar criterios a la hora de establecer impuestos sobre
estos servicios, eliminándolos o reduciéndolos a una cantidad razonable.
0.7.4.
Reconocimiento técnico de los equipos.
En general, en casi todos los países del mundo, los equipos de radio utilizados deben ser aprobados por la comisión técnica correspondiente. Tenemos desde:
En Europa, muchos países aceptan la
aprobación técnica dada por otros países europeos o por la
ETSI (European Telecommunications Standarisation Institute) en su
efecto. Además, casi todos los países aceptan los equipos que pasan
las pruebas estalecidas por Inmarsat para sus estándares.
En este apartado es también necesario
un acuerdo general que establezca estándares de hecho y de
derecho, a cumplir en todos los equipos de MSS y GMPCS para así
facilitar su uso en cualquier parte, independientemente de las legislaciones
locales.
0.7.5. Autoridades de cuentas (AA).
Los usuarios que viajan continuamente de
un país a otro usando indiscriminadamente los servicios MSS (por
ejemplo, en el entorno marítimo) necesitan tener un mecanismo de
pago que canalice todas sus facturas, como el uso de las redes
locales de teleco del país donde se encuentren, denominado autoridad
de cuentas (AA), independiente del proveedor del servicio.
Las AA deben ser aprobadas por el
gobierno, y posteriormente por el ITU, que le asigna un código
alfanumérico de 4 dígitos a cada AA. Por ejemplo, USO1 es el
código de la US FCC (Federal Communications Commission). La ITU
ha establecido un límite de 25 AA por país, aunque muchos
países sólo tienen uno o dos AA. En algunos casos, la AA está
localizada en otro país.
Generalmente la AA carga un porcentaje
(5% a 15%) al usuario por los servicios que le presta, en
concreto, engloba todos los gastos que genera el servicio MSS del
usuario y lo presenta como un único pago. Posteriormente, la AA
ajusta cuentas con los distintos operadores de redes e
infraestructuras involucrados.
El concepto de la AA no siempre ha
funcionado bien: desde usuarios que no han podido encontrar una
AA ( porque no existe en el país donde se encuentra) hasta
usuarios que han evitado la AA que les correspondía por sus
cargas excesivas.
De hecho, actualmente el concepto de AA está siendo cuestionado debido a que el usuario de los servicios MSS tienen que:
Se tiende a un servicio único (one
stop-shop) prestado por un único proveedor de servicios.
0.7.6. Utilización de las redes locales.
Los operadores de telecomunicaciones de
muchos países estñan preocupados por el hecho de que los
terminales de MSS y GMPCS pueden evitar el uso de las redes
locales que operan y con ello no tengan que pagar por su uso.
En realidad estos temores resultan infundados por varias razones:
En definitiva, los legisladores de cada país deben centrarse en posibilitar un entorno que permita el desarrollo de los sistemas MSS intentando sacar de ellos el máximo beneficio posible a través de: