La normativa de permanencia del alumnado en la UPV tiene por objetivo evitar, en la medida de lo posible, el fracaso escolar. Por otra parte, tratará además de fomentar la participación de los alumnos en el proceso de evaluación; universalizar el sistemas de tutorías y desarrollar nuevas metodologías en el proceso de enseñanza-aprendizaje
Se establecen pues las siguientes normas:
1. No hay límites en cuanto al número de convocatorias, aunque, a partir de la quinta, el alumno será evaluado por un tribunal.
2. Durante el primer año de matrícula, el alumno debe aprobar al menos una asignatura troncal u obligatoria.
3. Durante el segundo año, debe superarse al menos el 40% de los créditos troncales u obligatorios pendientes de primero.
4. Durante el tercer año, debe aprobarse al menos el total de créditos correspondientes al primer curso.
En estos criterios, no se contemplan las asignaturas adaptadas o convalidadas.
En el caso de que se incumplan estas normas, el tutor del alumno y el jefe de estudios consultarán con el alumno y emitirán un informe dirigido a la Comisión Permanente, que decidirá en última instancia sobre la permanencia del alumno. En caso negativo, el alumno puede recurrir al rector.
Determinados alumnos pueden quedar excluidos de cumplir esta normativa si presentan circunstancias que influyan en su rendimiento escolar. Se tendrán en cuenta las siguientes:
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diferente nivel de formación o madurez en el momento de acceder a la UPV situaciones sobrevenidas de tipo personal o familiar como pueden ser las inadaptaciones sociales, los cambios de domicilio, etc. inadecuada orientación hacia la titulación elegida. falta de coincidencia inicial entre el interés vocacional y las aptitudes personales exigidas. tránsito de la secundaria posobligatoria a la universidad dificultad para compaginar los estudios con actividades laborales u otras. alto nivel de abstracción de algunas materias. |
Corresponde al centro la aprobación del plan de matrícula del alumno.
Para más información, se puede consultar el documento completo (así como la normativa de progreso del alumnado) en la siguiente dirección: