¿A qué puede llamarse universidad?
De las 81 universidades analizadas solo 18 cumplen los requisitos establecidos por el Real Decreto de universidades aprobado en el año 2015
[ 24/03/2021 ]
La Universitat Politècnica de València es la única universidad de la Comunitat Valenciana que aprueba en el informe “¿A qué puede llamarse universidad?”, publicado por le Observatorio del Sistema Universitario.
El informe, elaborado por Vera Sacristán, con la colaboración de Albert Corominas, Lluís Forcadell y Alfonso Herranz, analiza, a través de los datos oficiales publicados, el grado de cumplimiento por parte de las universidades españolas de los requisitos previstos en dos documentos: el Proyecto de Real Decreto de creación, reconocimiento y autorización de universidades y centros universitarios, y acreditación institucional de centros universitarios recientemente sometido a audiencia pública, y el Real Decreto 420/2015, de 29 de mayo, de creación, reconocimiento, autorización y acreditación de universidades y centros universitarios, actualmente en vigor.
UPV entre las 18 mejores
Según el informe de las 81 universidades analizadas, solo 18 están dentro de las normas del Real Decreto 420/2015, de 29 de mayo, de creación, reconocimiento, autorización y acreditación de universidades y centros universitarios, actualmente en vigor. Y solo 12 cumplirían con los requisitos del nuevo proyecto de decreto que estudia publicar el Ministerio de Universidades y que da 5 años para actualizarse.
Según la nota de prensa publicada por el Observatorio del Sistema Universitario, los datos recogidos en el informe muestran un incumplimiento generalizado por parte de las universidades españolas de los requisitos en vigor desde hace décadas, con la tolerancia de las autoridades, particularmente en algunas comunidades autónomas.
El informe muestra notables diferencias entre universidades públicas y privadas en los diversos aspectos exigidos (oferta docente, actividad investigadora, plantilla de personal docente e investigador y su cualificación y centros adscritos), que ponen en cuestión la viabilidad y calidad de alguna universidad en concreto y de la mayoría de los centros adscritos (externos a las universidades, que imparten títulos de éstas).
Baja temporalidad del PDI en la UPV
Si se obvian los referidos a infraestructuras, los requisitos actualmente en vigor se limitan a cinco. Uno exige una oferta docente mínima (que todas las universidades cumplen) y los otros cuatro se refieren a la plantilla docente, y exigen una ratio mínima entre profesorado y estudiantado, así como unos porcentajes mínimos de PDI doctor, a tiempo completo y permanente (este último criterio no se aplica a las universidades privadas).
De las 48 universidades públicas, sólo 16 presentan una temporalidad del PDI igual o inferior al 40%, que marca la normativa vigente desde 2007. En el caso de la Universitat Politècnica de València esa temporalidad del PDI es del 31,9%.
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