2. Estatuto de Autonomía de la Comunidad Valenciana 1982
Artículo 7
1. Los dos idiomas oficiales de la Comunidad Autónoma son el valenciano y el castellano. Todos tienen derecho a conocerlos y a usarlos.2. La Generalitat Valenciana garantizará el uso normal y oficial de las dos lenguas, y adoptará las medidas necesarias para asegurar su conocimiento.
3. Nadie podrá ser discriminado por razón de su lengua.
4. Se otorgará especial protección y respeto a la recuperación del valenciano.
5. La ley establecerá los criterios de aplicación de la lengua en la Administración y la enseñanza.
6. Mediante ley se delimitarán los territorios en los que predomine el uso de una y otra lengua, así como los que puedan exceptuarse de la enseñanza y del uso de la lengua propia de la Comunidad.
Estatuto de Autonomía de la Comunidad Valenciana 1982: texto completo