¿Quiénes están obligados a relacionarse por medios electrónicos con las Administraciones Públicas?
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 14 de la Ley 39/2915, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Pública, estarán obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las Administraciones Públicas para la realización de cualquier trámite de un procedimiento administrativo, al menos, los siguientes sujetos:
a) Las personas jurídicas.
b) Las entidades sin personalidad jurídica.
c) Quienes ejerzan una actividad profesional para la que se requiera colegiación obligatoria, para los trámites y actuaciones que realicen con las Administraciones Públicas en ejercicio de dicha actividad profesional. En todo caso, dentro de este colectivo se entenderán incluidos/as los/as notarios/as y registradores/as de la propiedad y mercantiles.
d) Quienes representen a una persona interesada que esté obligada a relacionarse electrónicamente con la Administración.
e) El personal empleado de las administraciones públicas para los trámites y actuaciones que realicen con ellas por razón de su condición de empleado/a público, en la forma en que se determine reglamentariamente por cada administración.
Consecuentemente, la Universitat Politècnica de València, como persona jurídica, se encuentra entre los sujetos obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con otras administraciones públicas.
Una sede electrónica es un sitio web que está a disposición de la ciudadanía en Internet y del cual es titular una administración pública encargada de gestionarlo y administrarlo, por medio del cual la ciudadanía y las empresas pueden acceder a la información y a los servicios y trámites electrónicos de una administración pública, órgano o entidad administrativa en el ejercicio de sus competencias.
La realización de un trámite en sede electrónica es el equivalente a la realización de un trámite de forma presencial en la ventanilla de un órgano administrativo, pero de forma electrónica o telemática, es decir a través de internet y sin tener que acudir presencialmente a una oficina.
El acceso electrónico o telemático a una administración pública, se realiza, habitualmente, a través de su sede electrónica.
En el caso de personas jurídicas como la UPV, la identificación se realiza con un certificado de representación de persona jurídica, que se expide a las personas físicas como representantes de las personas jurídicas para su uso en sus relaciones con administraciones públicas, entidades y organismos públicos vinculados o dependientes de las mismas.
Para realización de trámites telemáticos en representación de la Universitat Politècnica de València, como persona jurídica, son necesarios dos requisitos:
Los trámites que deben ser realizados como persona jurídica por la Universitat Politècnica de València no pueden, en principio, ser realizados con un certificado personal o un certificado de empleado/a público.
En el caso de personas jurídicas como la UPV, el acceso a sedes electrónicas se realiza mediante un certificado de representación de persona jurídica, que se expide a las personas físicas como representantes de las personas jurídicas para su uso en sus relaciones con administraciones públicas, entidades y organismos públicos, vinculados o dependientes de las mismas.
Estos certificados permiten la presentación de solicitudes, escritos y documentos a través de la sede electrónica de cualquier administración pública.
Existen dos alternativas para poder realizar un trámite electrónico como persona jurídica UPV en una administración pública:
A) Realizar el trámite a través del SAET tal y como ya se ha explicado más arriba.
B) Autorizar a una persona para el acceso a dichos trámites a través del Registro Electrónico de Apoderamientos o a través del Registro Electrónico de Representantes de la sede electrónica correspondiente.
El Registro Electrónico de Apoderamientos o el Registro Electrónico de Representantes permiten la inscripción de poderes otorgados telemáticamente, para hacer constar y gestionar las representaciones que las personas interesadas otorguen a una persona representante, con el fin de que pueda actuar en su nombre ante las Administraciones Públicas.
Este servicio permite a la UPV como persona jurídica gestionar sus apoderamientos en el ámbito de la administración que resulte necesario.
El SAET está habilitado para gestionar los apoderamientos o representaciones de la Universitat Politècnica de València como persona jurídica.
Para proceder a la inscripción de poderes es necesario que la persona que actuará como apoderada o representante disponga de la delegación de firma por el rector de la Universitat Politècnica de València en aquellas administraciones que procedan y para aquellos trámites que se requieran.
El procedimiento a seguir para que una persona esté dada de alta en el Registro Electrónico de Apoderamientos o a través de Registro Electrónico de Representantes es el siguiente:
Es importante reseñar que cualquier trámite que se realice como representante de la Univertat Politècnica de València los datos de la persona interesada deben ser los correspondientes a la Universitat Politècnica de València.
Normativa