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UPV
 
Trámites electrónicos

¿Quiénes están obligados a relacionarse por medios electrónicos con las Administraciones Públicas?

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 14 de la Ley 39/2915, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Pública, estarán obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las Administraciones Públicas para la realización de cualquier trámite de un procedimiento administrativo, al menos, los siguientes sujetos:

a) Las personas jurídicas.

b) Las entidades sin personalidad jurídica.

c) Quienes ejerzan una actividad profesional para la que se requiera colegiación obligatoria, para los trámites y actuaciones que realicen con las Administraciones Públicas en ejercicio de dicha actividad profesional. En todo caso, dentro de este colectivo se entenderán incluidos/as los/as notarios/as y registradores/as de la propiedad y mercantiles.

d) Quienes representen a una persona interesada que esté obligada a relacionarse electrónicamente con la Administración.

e) El personal empleado de las administraciones públicas para los trámites y actuaciones que realicen con ellas por razón de su condición de empleado/a público, en la forma en que se determine reglamentariamente por cada administración.

Consecuentemente, la Universitat Politècnica de València, como persona jurídica, se encuentra entre los sujetos obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con otras administraciones públicas.

Sede electrónica y trámites electrónicos

Una sede electrónica es un sitio web que está a disposición de la ciudadanía en Internet y del cual es titular una administración pública encargada de gestionarlo y administrarlo, por medio del cual la ciudadanía y las empresas pueden acceder a la información y a los servicios y trámites electrónicos de una administración pública, órgano o entidad administrativa en el ejercicio de sus competencias.

La realización de un trámite en sede electrónica es el equivalente a la realización de un trámite de forma presencial en la ventanilla de un órgano administrativo, pero de forma electrónica o telemática, es decir a través de internet y sin tener que acudir presencialmente a una oficina.

Acceso electrónico a una administración pública

El acceso electrónico o telemático a una administración pública, se realiza, habitualmente, a través de su sede electrónica.

En el caso de personas jurídicas como la UPV, la identificación se realiza con un certificado de representación de persona jurídica, que se expide a las personas físicas como representantes de las personas jurídicas para su uso en sus relaciones con administraciones públicas, entidades y organismos públicos vinculados o dependientes de las mismas.

Para realización de trámites telemáticos en representación de la Universitat Politècnica de València, como persona jurídica, son necesarios dos requisitos:

  1. Tener delegadas las competencias y/o firma por el rector de la Universitat Politècnica de Valencia, en la materia objeto del trámite a realizar, mediante resolución o poderes notariales.
  2. Disponer de certificado electrónico como representante jurídico/a de la Universitat Politècnica de Valencia o estar autorizado/a en el registro electrónico de apoderamientos o representantes de la sede correspondiente.

Los trámites que deben ser realizados como persona jurídica por la Universitat Politècnica de València no pueden, en principio, ser realizados con un certificado personal o un certificado de empleado/a público.

Métodos de identificación y firma en sedes electrónicas

En el caso de personas jurídicas como la UPV, el acceso a sedes electrónicas se realiza mediante un certificado de representación de persona jurídica, que se expide a las personas físicas como representantes de las personas jurídicas para su uso en sus relaciones con administraciones públicas, entidades y organismos públicos, vinculados o dependientes de las mismas.

Estos certificados permiten la presentación de solicitudes, escritos y documentos a través de la sede electrónica de cualquier administración pública.

Existen dos alternativas para poder realizar un trámite electrónico como persona jurídica UPV en una administración pública:

A) Realizar el trámite a través del SAET tal y como ya se ha explicado más arriba.

B) Autorizar a una persona para el acceso a dichos trámites a través del Registro Electrónico de Apoderamientos o a través del Registro Electrónico de Representantes de la sede electrónica correspondiente.

El Registro Electrónico de Apoderamientos o el Registro Electrónico de Representantes permiten la inscripción de poderes otorgados telemáticamente, para hacer constar y gestionar las representaciones que las personas interesadas otorguen a una persona representante, con el fin de que pueda actuar en su nombre ante las Administraciones Públicas.

Este servicio permite a la UPV como persona jurídica gestionar sus apoderamientos en el ámbito de la administración que resulte necesario.

El SAET está habilitado para gestionar los apoderamientos o representaciones de la Universitat Politècnica de València como persona jurídica.

Para proceder a la inscripción de poderes es necesario que la persona que actuará como apoderada o representante disponga de la delegación de firma por el rector de la Universitat Politècnica de València en aquellas administraciones que procedan y para aquellos trámites que se requieran.

El procedimiento a seguir para que una persona esté dada de alta en el Registro Electrónico de Apoderamientos o a través de Registro Electrónico de Representantes es el siguiente:

  1. Remitir a la Secretaría General una solicitud para proceder a la delegación de firma. Deberá indicar:
    • Datos de la persona a la que se va a realizar la delegación de firma (Nombre, apellidos, NIF, teléfono y correo electrónico).
    • Administración o administraciones para la que se solicita la habilitación del acceso.
    • Relación de trámites en cada una de las administraciones para los que se autoriza el acceso.
    • Fecha de entrada en vigor del apoderamiento y vigencia del mismo.
  2. La Secretaría General preparará una resolución para su firma por el rector.
  3. Una vez dictada resolución de delegación de firma para el acceso trámites electrónicos en plataformas de AAPP el Servicio de Administración Electrónica y Transparencia realizará las gestiones oportunas en los registros de apoderamientos o de representantes correspondientes.
  4. A partir de ese momento los/as usuarios/as autorizados/as podrán realizar los trámites electrónicos para los que han sido autorizados en las correspondientes sedes electrónicas mediante el uso de su certificado de empleado/a público o certificado personal, como representantes de la Universitat Politècnica de València.

Es importante reseñar que cualquier trámite que se realice como representante de la Univertat Politècnica de València los datos de la persona interesada deben ser los correspondientes a la Universitat Politècnica de València.

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